Quiero usar el 25% de mi AFP para vivienda, pero ¿cuántos documentos me pedirán las entidades financieras?

Es bueno que conozcas los principales puntos del procedimiento operativo de la norma, elaborado por la SBS.
¿Cuántos documentos me pedirán las entidades financieras para usar el 25% de fondos de mi AFP? (Perú21)

Varios afiliados buscan disponer de hasta el 25% de su fondo de para el pago de la cuota inicial o la amortización del crédito hipotecario de su primer inmueble.

Pero, en los últimos días, surgieron diversas dudas y reclamos antes las entidades financieras por el número de documentos o de Reporte de Búsquedas de Índices a su nombre en el Registro de Propiedad Inmueble de la Sunarp que dichas entidades solicitan, aparte del gasto y papeleo que ello significa para los afiliados.

Por ello, es bueno que conozcas los principales puntos del procedimiento operativo de la norma, elaborado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Aquí respondemos algunas de tus dudas: Si quieres usar hasta el 25% de tu AFP para la cuota inicial de un primer inmueble, debes acercarte a cualquier entidad financiera y solicitar un crédito hipotecario.

¿A dónde debo ir?

En caso ya cuentes con el crédito hipotecario de tu primer inmueble, deberás acercarte a tu entidad financiera para solicitar el uso de hasta el 25%.

¿Qué documentos debo presentar a la entidad financiera?

  • Una solicitud suscrita y firmada por ti, que indique tu disposición de uso de hasta el 25% del fondo acumulado en tu AFP.
  • La copia de tu DNI y del DNI de tu cónyuge, de ser el caso.
  • Reporte de Búsqueda de Índices por tu nombre en el Registro de Propiedad Inmueble de Sunarp. En este caso considera: primero, dónde vives hoy (según tu DNI); segundo, dónde has vivido anteriormente y tercero, dónde está ubicado el inmueble que vas a comprar o el inmueble del crédito que deseas amortizar. Ello quiere decir que deberá presentar —al menos— 3 reportes.
  • Información sobre el saldo de cuenta de AFP (el último estado de cuenta)

Debes considerar que todos los documentos y requisitos tienen el carácter de declaración jurada.

¿La entidad financiera puede solicitar documentos adicionales?

Sí. En caso la entidad financiera no pueda determinar la existencia del primer inmueble, podrá solicitar al afiliado los certificados literales de las partidas registrales y/o los certificados literales del título archivado del inmueble, según corresponda.

*¿La entidad financiera puede cobrar alguna comisión?

Sí. Las entidades financieras podrán cobrar alguna comisión por el servicio de evaluación de la información del reporte y documentos necesarios para la emisión del documento de Pre conformidad.

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