Solo podrán participar de las faenas de pesca los armadores con permisos de pesca vigente y que utilicen únicamente artes y aparejos de pesca pasivos. (Foto: GEC)
Solo podrán participar de las faenas de pesca los armadores con permisos de pesca vigente y que utilicen únicamente artes y aparejos de pesca pasivos. (Foto: GEC)

Redacción PERÚ21

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El publicó hoy la lista de ocho puntos autorizados para el desembarque de merluza, que tiene por finalidad evaluar la participación de la flota artesanal en esta pesquería, de la que dependen alrededor de 537 embarcaciones.

Se tratan de los desembarcaderos pesqueros artesanales: Puerto Pizarro, Acapulco, Cancas, Máncora, Cabo Blanco, Los Órganos, El Ñuro y el Terminal Pesquero Zonal Talara; ubicados en Tumbes y Piura.

La medida forma parte de la Resolución Ministerial 317-2019-Produce, que autoriza al Imarpe la ejecución de una pesca exploratoria de merluza con la participación de embarcaciones pesqueras artesanales, que utilicen únicamente artes y aparejos de pesca pasivos.

La norma, que entró en vigencia a partir de hoy, precisa que esta pesca exploratoria, comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 04°40 S (Tumbes y Piura, hasta Talara) , finalizará a los 365 días calendario posteriores al inicio de la citada actividad.

Asimismo, indica que los recursos hidrobiológicos extraidos en el marco de la pesca exploratoria, deben ser destinados exclusivamente para el consumo humano directo; y que las embarcaciones pesqueras deben contar con sistemas de preservación que garanticen la conservación del recurso en óptimas condiciones, entre otros.

Agrega que los pescadores participantes que obstaculicen las labores de supervisión, fiscalización e investigación desarolladas por los fiscalizadores de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Produce serán excluidos de la pesca exploratoria.

Acota que el Imarpe efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros de la merluza; y debe recomendar a Produce, las medidas de reordenamiento pesquero que correspondan, a efectos de garantizar un manejo sostenible del recurso.

Cabe mencionar que la merluza peruana (Merluccius gayi peruanus) es la especie de fondo más abundante y represenativa del ecosistema demersal en la zona norte del mar peruano.

Además, es uno de los recursos hidrobiológicos más consumidos en los hogares peruanos debido a su alta calidad de nutrientes y minerales (calcio y hierro).