Proyecto de ley mejoraría sanciones contra prácticas anticompetitivas

Abogado de Estudio Muñiz, Piero Stucchi, aclara que nuevas sanciones se aplicarían a productos y ya no a empresas.
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(USI)
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Pleno del Congreso (Renzo Salazar)
Los productos que ingresen los consumidores pueden ser de diferente marca de aquellos que expenden los cines, siempre y cuando se trate del mismo tipo de producto. (USI)
La denuncia es por "por engañar a los consumidores sobre el tamaño de las porciones, la cantidad de azúcar recomendada y los valores diarios que ésta representa". (USI)
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Pleno del Congreso (Renzo Salazar)
Los productos que ingresen los consumidores pueden ser de diferente marca de aquellos que expenden los cines, siempre y cuando se trate del mismo tipo de producto. (USI)
La denuncia es por "por engañar a los consumidores sobre el tamaño de las porciones, la cantidad de azúcar recomendada y los valores diarios que ésta representa". (USI)

La competencia empresarial en las diversas actividades de la economía peruana tendría un marco normativo con ajustes que permitirían mejorar el sistema de sanciones para las prácticas anticompetitivas.

Al menos así lo consideró el abogado del Estudio Muñiz, Piero Stucchi, en caso de que el Congreso aprobara un proyecto de ley (PL) de Fuerza Popular que plantea elevar el tope de multas que puede imponer el Indecopi en estos casos, pero limitando la aplicación de estas a las utilidades generadas por los productos o servicios involucrados en las malas prácticas y ya no a las ganancias de las empresas.

Este cambio, explicó, generaría un equilibro con otra modificación que se menciona en la iniciativa: elevar los topes de las multas.

De aprobarse el PL, los topes pasarían de 500 a 800 UIT, para las faltas leves; de 1,000 a 1,500, para las graves; y de más de 1,000 UIT a más de 1,500, si son muy graves.

El proyecto es equilibrado porque sube los topes, pero mantiene proporcionalidad en cuál es el porcentaje de las ventas sobre el cual se va a calcular una multa”, dijo Stucchi a Perú21. Esta modificación, precisó, sería consecuente con la intención de disuadir una acción indebida en la comercialización de un producto, como la colusión de precios.

TENGA EN CUENTA
Otra de las modificaciones planteadas por el PL es elevar el límite de la multa que se puede imponer como porcentaje de las utilidades.

El límite sobre las utilidades generadas por el producto o servicio se elevaría de 8% a 10%, de 10% a 12% y de 12% a 15%, dependiendo de si la falta fue leve, grave o muy grave, respectivamente.

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