Para el caso de jornadas formativas de duración inferior, el pago de la subvención es proporcional. (Foto: GEC)
Para el caso de jornadas formativas de duración inferior, el pago de la subvención es proporcional. (Foto: GEC)

Redacción PERÚ21

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El Ejecutivo publicó hoy el reglamento que regula la ley que amplía las modalidades formativas a fin de que los jóvenes puedan realizar y profesionales en el sector público.

Mediante decreto supremo N° 083-2019-PCM, la norma precisa que los jóvenes que realicen prácticas en el Estado tendrán derecho al pago de una subvención adicional equivalente a media subvención económica mensual al mes siguiente a la fecha en que el practicante cumpla los seis meses de duración continua de la modalidad formativa.

Cabe señalar que la norma establece que el pago mensual a los practicantes no debe ser inferior a una Remuneración Mínima Vital (actualmente en S/ 930) cuando la persona en práctica cumpla la jornada máxima prevista para cada modalidad formativa.

Para el caso de jornadas formativas de duración inferior, el pago de la subvención es proporcional. Tratándose de jornadas formativas parciales, el pago de la subvención económica mínima es calculado de manera proporcional, tomando en cuenta la jornada formativa máxima establecida para los practicantes por la entidad pública donde se realizan las prácticas.

Cabe señalar que el monto de la subvención económica mensual deberá ser otorgado en moneda nacional, a través de los mecanismos de pago usuales para los servidores de la entidad pública donde se realizan las prácticas.

En ningún caso, el puede renunciar al pago de esta subvención.

Asimismo, el decreto destaca que en caso se cumpla con la jornada formativa máxima establecida para las prácticas preprofesionales y profesionales, no se puede pactar una subvención económica menor al sueldo mínimo.