La modificación se realizó mediante decreto supremo. (Foto referencial: GEC)
La modificación se realizó mediante decreto supremo. (Foto referencial: GEC)

La Presidencia del Consejo de Ministros () modificó hoy el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos.

De acuerdo al Decreto Supremo 004-2019-PCM, publicado en El Peruano, entre los objetivos del Cuerpo de Gerentes Públicos se encuentra impulsar la reforma del Servicio Civil.

“En tal sentido se hace necesario concordar algunas de las disposiciones de la Ley del Servicio Civil con la regulación del Cuerpo de Gerentes Públicos”, señala el documento.

Las modificaciones obedecen a la necesidad de garantizar la gestión eficiente del Cuerpo de Gerentes Públicos, indica el texto.

Modificaciones

Según los cambios, el período de prueba del gerente público en una entidad receptora no puede ser menor de tres ni mayor de seis meses, según se establezca en el Convenio de Asignación.

En caso que no se establezca de manera expresa la duración del periodo de prueba en el convenio, este será de tres meses.

Los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos son asignados a un cargo de destino por la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, quien lo comunicará a la entidad receptora.

La asignación es eficaz a partir del día siguiente de la notificación del acto a la entidad receptora y al gerente público.

A partir de la eficacia de la asignación, la entidad receptora debe efectuar la designación del gerente público. Este, junto a la entidad y la autoridad suscriben un convenio de asignación.