El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) sancionó a Telefónica Móviles S.A. con 201,450 soles (51 Unidades Impositivas Tributarias).
De acuerdo a lo señalado en la Resolución N° 00086-2016-GG/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el motivo de la sanción fue por "no brindar información clara, veraz, detallada y precisa sobre la cobertura o alcance del servicio de acceso a Internet denominado por la empresa como 4G".
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Asimismo, se indica que Telefónica habría vulnerado el derecho de los usuarios de recibir la información necesaria para tomar una decisión o elección adecuadamente informada en la contratación de un servicio público de telecomunicaciones, así como efectuar un uso o consumo adecuado de los servicios.
RESPUESTAPor su parte, Telefónica señaló entre sus descargos que los únicos productos o servicios que puso a disposición de sus usuarios son los denominados "Movistar 4G" e "Internet Móvil 4G".
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Dichos productos permiten la transmisión de datos (navegación) por Internet a una velocidad de hasta 5Mbps, debiéndose evaluar si la información brindada era clara, veraz y precisa únicamente respecto del área geográfica en la que la empresa operadora comercializaba los productos o servicios en cuestión.
En ese sentido, Telefónica cuestionó la supervisión de la información materia de análisis. No obstante, Osiptel determinó la aplicación de la sanción.