Osinergmin rechaza Decreto Supremo sobre tarifas eléctricas

El organismo supervisor indicó que la norma representa una "evidente interferencia" a la autonomía de los organismos reguladores, al cambiar las reglas que rigen el proceso de distribución eléctrica.
La entidad reguladora se mostró en contra del decreto supremo recientemente publicado por el Ejecutivo. (Foto: USI)

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería () se mostró en contra del Decreto Supremo N°027-2018-EM publicado el 4 de octubre en el diario oficial El Peruano.

Según el organismo, la reciente publicación de la norma del Ministerio de Energía y Minas (MEM) "representa una evidente interferencia en el proceso de regulación de tarifas de distribución eléctrica en curso y a la autonomía del regulador, vulnerándose el derecho de los usuarios de Lima, Callao e Ica a contar con tarifas eficientes por la electricidad que consumen".

La entidad advirtió que el decreto no fue puesto previamente en conocimiento de la organización, ni pre publicado para ser sometido a comentarios de la opinión pública, a pesar de la implicancia directa en la economía de los usuarios del servicio público de electricidad.

Asimismo, Osinergmin indicó que el decreto supremo postergaría la entrada en vigencia de una posible reducción tarifaria de 6%, de acuerdo a la pre publicación realizada por esta entidad el 13 de agosto, que hubiera beneficiado a millones de familias peruanas.

Como se recuerda, el organismo supervisor debía publicar la tarifa de distribución eléctrica final el 16 de octubre de 2018, la cual entraba en vigencia el 1 de noviembre de 2018, como parte de un proceso de regulación tarifaria, el cual ahora se verá interrumpido con la emisión del decreto supremo.

En tal sentido, Osinergmin indicó que "resulta materialmente imposible que se emita el 16 de octubre la tarifa que debía regir desde el próximo mes de noviembre".

La entidad reguladora manifestó que rechaza "toda acción que atente contra su autonomía y vulnere el equilibrio entre los intereses del Estado, empresas y usuarios",

Dato

Osinergmin detalló que hasta antes del Decreto Supremo estaban establecidos dos procesos regulatorios: uno para las empresas de distribución eléctrica de Lima, Callao e Ica, que debía concluir este 16 de octubre y otro para las empresas de distribución eléctrica estatales del interior, el cual se debía iniciar en enero de 2019.

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