OSCE. Supervisará el reglamento y aprobará las directivas y bases estandarizadas. (Perú21)
OSCE. Supervisará el reglamento y aprobará las directivas y bases estandarizadas. (Perú21)

Redacción PERÚ21

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El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado () informó que la (LCE), Ley N° 30225, entró en vigencia ayer junto con su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015-EF.

Ello significa que todas las entidades públicas comprendidas dentro del alcance del artículo 3° de la Ley N° 30225, como ministerios, poderes del Estado, gobiernos locales y regionales, universidades públicas, empresas del Estado, sociedades de beneficencia pública y fondos constituidos total o parcialmente con recursos públicos deberán aplicar la nueva norma para los procesos de contratación de bienes, servicios, consultorías y obras que así requieran.

EL REGLAMENTOEl OSCE aprobará las directivas y bases estandarizadas según la nueva ley. Asimismo, los procesos iniciados conforme al Decreto Legislativo 107 continuarán su trámite regularmente hasta que concluyan, incluyendo aquellos que se iniciaron con la norma y fueron declarados desiertos.

En el caso de los medios de solución de controversias (previsto en el artículo 45 de la LCE), resultarán aplicables aquellas controversias que surjan de los contratos derivados de los procedimiento de selección convocados a partir de la puesta en vigencia de la nueva norma.

Existe también cierto grado de retroactividad, la cual se aplicará en las infracciones éticas de los árbitros y sanciones para faltas cometidas desde que la ley entre en vigencia e incluso cuando las controversias haya iniciado antes.

Finalmente, los titulares de las entidades públicas que contraten deberán tener en cuenta el registro de todos los procedimientos de selección que se ejecuten bajo el nuevo marco en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado, así como las órdenes de compra y de servicio.

DATOS

  • El 10 de diciembre, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó el reglamento de La ley de Contrataciones del Estado.
  • El objetivo de la norma es contar con un régimen de contratación pública orientado hacia la gestión de resultados, promoviendo y facilitando las inversiones, basado en la rendición de cuentas.

Por Katherine Maza (katherine.maza@peru21.com)