OIT solicita explicaciones a ministra Betssy Chávez por incumplimiento de compromisos internacionales

La OIT recalca que de conformidad con los convenios internacionales del trabajo ratificados por el Perú, las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores debieron ser consultadas antes de adoptar instrumentos legislativos o reglamentarios que las puedan afectar.
La OIT le solicita a Betssy Chávez que se asegure del cumplimiento de los compromisos internacionales de país y que entable un dialogo social efectivo en pleno respeto del mandato del CNTPE. (Foto: GEC)

La (OIT) solicitó explicaciones a la ministra de Trabajo, Betssy Chávez, por la ausencia de consulta a los interlocutores sociales con respecto a importantes normas como son el aumento de la remuneración mínima vital y la modificación al reglamento de tercerización laboral.

El organismo alega que Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep) y la Organización Internacional de Empleadores (OIE) enviaron una carta denunciando que no se les consultó en ningún momento, ni hubo un diálogo previo a la aprobación de estas reformas legislativas.

“La Confiep y la OIE afirman en particular que tanto el Decreto Supremo Núm. 001-2022 TR dle 23 de febrero de 2022, que modifica la reglamentación de la tercerización laboral, como el Decreto Supremo Núm. 003-2022 TR del 3 de abril de 2022, que incrementa la remuneración mínima vital de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, fueron adoptados sin que se consultara previamente a los interlocutores sociales representados en el seno del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE)”, señala el comunicado.

En esa línea, la OIT recalca que de conformidad con la Constitución y los convenios internacionales del trabajo ratificados por el Perú, las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores deben ser consultadas de manera efectiva en el proceso de adopción de instrumentos legislativos o reglamentarios susceptibles de afectarlos intereses de sus miembros. Tal consulta es de especial trascendencia cuando se contemple una reforma general de la legislación del trabajo.

Con respecto de la fijación de la remuneración mínima vital, el organismo subraya que, en virtud del articulo 3 del Convenio sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos, 1928 (núm. 26) ratificado por el Perú, la aplicación de los métodos de fijación de los salarios mínimos debe ser consultada con los representantes de los empleadores y trabajadores interesados.

En ese sentido la OIT le solicita a la titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Betssy Chávez, “proporcione a la mayor brevedad sus observaciones sobre las referidas alegaciones de ausencia de consulta tripartita y que informe de toda acción tomada o contemplada para remediar esta situación”.

Además, que se asegure del cumplimiento de los compromisos internacionales de país y que entable un dialogo social efectivo en pleno respeto del mandato del CNTPE.

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