El MTC señaló que seguirán consolidando una estrategia de defensa jurídica para defender los intereses del sector frente a las empresas constructoras. (Foto: GEC)
El MTC señaló que seguirán consolidando una estrategia de defensa jurídica para defender los intereses del sector frente a las empresas constructoras. (Foto: GEC)

Redacción PERÚ21

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La Procuraduría Pública del a través de cinco laudos favorables en procesos arbitrales contra las constructoras Obrainsa y Cosapi evitó que le cobren al Estado S/29 millones.

Según informó el MTC, se logró que en el fuero arbitral se declare infundada la demanda de la empresa Obras de Ingeniería (Obrainsa) por un importe aproximado de S/21.7 millones.

En tal sentido, se evitó que la citada empresa obtenga ventajas económicas durante la ejecución de los siguientes contratos.

- Contrato de Ejecución de Obra N.º 146-2014-MTC/20, "Construcción y Mejoramiento de la Carretera Camaná - Dv. Quilca - Matarani – Ilo - Tacna, Sub Tramo 1: Matarani - El Arenal, Sub Tramo 2: El Arenal - Punta de Bombón". El Tribunal Arbitral resolvió declarar infundadas las pretensiones del Contratista por la suma de S/19.2 millones.

- Contrato de Ejecución de Obra N° 075-2015-MTC/20, “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Dv. Negromayo – Occocuro-Pallpata- Dv. Yauri”. El Tribunal Arbitral resolvió declarar Infundadas las pretensiones del Contratista por la suma de S/2.5 millones.

Al respecto, Obrainsa inició una serie de procesos arbitrales contra el MTC, aseverando sus pretensiones en argumentos recurrentes, tales como el otorgamiento de ampliaciones de plazo y reconocimiento de mayores gastos generales derivados en la ejecución de contratos de obra.

De igual modo, el Consorcio Cosapi Johesa demandó al Estado peruano respecto al Contrato de Ejecución de Obra N° 070-2011-MTC/20 “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Cajamarca-Celendín-Balsas, Tramo km 52+000- Celendín”, obteniendo como resultado que el Tribunal Arbitral declare infundadas las pretensiones del contratista por la suma de S/7.3 millones.

Con relación a la empresa Metro de Lima Línea 2, el Tribunal Arbitral emitió el laudo arbitral notificado el 5 de abril del 2019, dando la razón a la entidad y dispone mantener la penalidad impuesta por el Ositran contra la compañía, la cual asciende a 28 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Al haberse declarado que la penalidad aplicada se ajusta a ley y al marco contractual del Contrato de Concesión, se ratifica la posición del MTC en el desarrollo de este arbitraje.

Más laudos
David Ortiz Gaspar, procurador público del MTC, manifestó que se esperan otros laudos favorables para el Estado, consolidándose así una estrategia de defensa jurídica a los intereses del sector frente a las constructoras, que sin ningún sustento técnico y legal pretenden obtener beneficios económicos no estipulados en la relación contractual.

"De esta manera, el MTC reafirma su compromiso de defender los intereses de todos los peruanos", puntualizó el portafolio de Transportes.