Conoce cómo calificar al Bono del Buen Pagador. (Foto: GEC)
Conoce cómo calificar al Bono del Buen Pagador. (Foto: GEC)

Si buscas comprar una vivienda, el te da una serie de beneficios que no puedes desaprovechar. A continuación te contamos cómo calificar al Bono del Buen Pagador (BBP).

El monto a otorgar a los beneficiarios del Bono Buen Pagador dependerá mucho del valor de la vivienda a adquirir. Este año se han actualizado los rangos y con base en ello se ejecuta el subsidio económico.

¿Qué es el Bono del Buen Pagador (BBP) del Nuevo Crédito Mivivienda?

Mediante este crédito, se le entrega al beneficiario un Bono del Buen Pagador (BBP), que es una ayuda económica no reembolsable a través de las instituciones financieras intermediarias.

Es decir, el BBP complementa o incrementa la cuota inicial para adquirir una vivienda. El valor del mencionado está en función al precio de la vivienda de forma escalonada.

¿Cuánto es el bono que se recibirá?

El Nuevo Crédito Mivivienda financia viviendas desde S/ 65,200 en un plazo de pago de 5 a 25 años.

Además, si el beneficiario decide adquirir una vivienda ecosostenible, se le otorga el Bono Mivivienda Sostenible, cuyo valor actual es de S/ 5,400 y permite pagar una mayor cuota inicial para la compra del inmueble, ya que se suma al Bono del Buen Pagador.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al beneficio?

Para la compra de una vivienda se deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Ser mayor de edad (18 años).
  • Ser una persona natural residente en el Perú o peruano residente en el extranjero.
  • Contar con una cuota inicial mínima del 7.5% del valor de la vivienda.
  • Ser calificado como sujeto de crédito por una Institución Financiera (IFI).
  • No ser propietario o copropietario, de otra vivienda en cualquier localidad del país. Tampoco podrán ser propietarios de otra vivienda, el cónyuge o el conviviente legalmente reconocido independientemente de su régimen patrimonial o los hijos menores de edad.
  • No haber adquirido, ni el solicitante ni su cónyuge o conviviente legalmente reconocido, una vivienda financiada con recursos del Fondo Mivivienda o del Programa Techo Propio o del Fonavi.

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