(USI)
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Redacción PERÚ21

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El (MEF) autorizó hoy la disolución y liquidación del (Banmat), lo cual deberá ser perfeccionado mediante acuerdo de la Junta General de Accionistas de la referida empresa.

El procedimiento de disolución y liquidación se regirá por lo dispuesto en las directivas del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado () y en la Ley General de Sociedades, informó Andina.

El decreto supremo del MEF señala que el liquidador o liquidadores del Banmat serán designados por el directorio del Fonafe, quien acordó la disolución el pasado viernes 3 de agosto.

Ello debido a que el Banmat, de acuerdo a sus estados financieros auditados correspondientes al ejercicio 2011, se encuentra incurso en la causal de disolución y liquidación que establece el numeral 4 del artículo 407 de la Ley General de Sociedades.

Dicho numeral obliga a la disolución y posterior liquidación de una sociedad anónima en el caso que tenga patrimonio negativo.