Redacción PERÚ21

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El para licores, gaseosas, cigarros, gasolinas y vehículos fue modificado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en coordinación con el Ministerio de Salud (Minsa) y el Ministerio del Ambiente (Minam).

El valor de las tasas del ISC de estos productos ha variado por ser los que tienen mayor incidencia en la afectación de la salud y en el medio ambiente y para alinearlos a las externalidades que el consumo de dichos productos generan en la salud y bienestar de los peruanos.

A continuación, te brindamos el detalle del Decreto Supremo Nº 091-2018-EF, que autoriza que el ISC para licores, gaseosas, cigarros, gasolinas y vehículo sea modificado:

Vehículos nuevos y usados
En el caso de vehículos, se está incentivando el uso de los vehículos menos contaminantes y la renovación del parque automotor. Por ello, el Decreto Supremo precisa que los vehículos nuevos para transporte de pasajeros que tengan algún mecanismo dual como gas o eléctrico no pagarán impuestos y los vehículos a gasolina nuevos tendrán una tasa de solo 10%. Por el contrario, se desincentiva el uso de los vehículos a gasolina usados que tendrán una tasa de 40%.

Asimismo, los vehículos nuevos que utilicen diésel o semidiesel tendrán una tasa de 20%, mientras que a los vehículos usados se les aplicará una tasa de 40%. Por último, las camionetas pick-up no pagarán impuesto por ser un bien de capital.

Bebidas azucaradas y tabaco
De la mano con el Ministerio de Salud, se ha creado un nuevo rango en el ISC a las bebidas azucaradas para reducir los incentivos a consumir aquellas bebidas que tengan una mayor concentración de azúcar y por lo tanto tengan un efecto más perjudicial sobre la salud.

Esta medida se encuentra en línea con la experiencia exitosa de modificación impositiva en México. Así, todas aquellas bebidas que tengan menos de 6 gramos por 100 mililitros de azúcar mantendrán una tasa de 17% y las que contengan una cantidad mayor a esta se les aplicará una tasa de 25%.

En el caso de los cigarrillos de tabaco negro y rubio, se busca desincentivar su consumo tomando como referencia la experiencia exitosa del 2016. Por ello, el ISC por cigarrillo pasará de S/ 0,18 a S/ 0,27 por cada uno.

¡Atentos! MEF subió impuesto a las gaseosas, licores, cigarros, combustibles y vehículos. (Perú21)
¡Atentos! MEF subió impuesto a las gaseosas, licores, cigarros, combustibles y vehículos. (Perú21)

Bebidas alcohólicas
La reciente modificación del ISC a las bebidas alcohólicas busca: (i) reducir los incentivos al consumo de estas bebidas, y (ii) brindar una mayor progresividad al impuesto al valor. Para ello, los licores que tengan entre 0 y 6 grados de concentración de alcohol se mantiene el ISC de S/ 1,25 por litro producido y se eleva de 30% a 35% la tasa al valor según precio de venta al público.

Para los licores con mayor concentración de alcohol, los que superen los 20 grados, se mantiene los S/3,40 por litro, pero se sube de 25% a 40% la tasa al valor.

Combustibles
En el caso del ISC a los combustibles, también se hizo ajustes tomando en cuenta su grado de nocividad, en coordinación con el Ministerio del Ambiente. Con esta medida, se corrige la distorsión vigente que hace que el gasohol de 97 octanos pague más impuesto selectivo al consumo que el diésel, siendo este último el combustible más nocivo.