Refrigeradoras, calentadores de agua, secadoras, lavadoras, motores eléctricos, entre otros productos, deben contar con el etiquetado de eficiencia energética. (Foto: GEC)
Refrigeradoras, calentadores de agua, secadoras, lavadoras, motores eléctricos, entre otros productos, deben contar con el etiquetado de eficiencia energética. (Foto: GEC)

Redacción PERÚ21

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El informó hoy que la obligación de los proveedores de aplicar el etiquetado de eficiencia energética en equipos energéticos y electrodomésticos no ha sido prorrogada. En ese sentido, recordó que el Reglamento Técnico sobre el Etiquetado de Eficiencia Energética se encuentra vigente desde el 7 de abril de 2018.

De acuerdo a lo establecido en el Reglamento, el Indecopi precisó que deben llevar la etiqueta de eficiencia energética los siguientes productos: refrigeradoras, calentadores de agua, secadoras, lavadoras, motores eléctricos, equipos de aire acondicionado, calderas, lámparas de uso doméstico, y balastos para lámparas fluorescentes, a fin de proteger el medioambiente y salvaguardar el derecho a la información de los consumidores.

Certificado de conformidad
El Indecopi dijo que el último 6 de abril, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) publicó el Decreto Supremo N° 009-2019-EM que prorroga los plazos que exigen el certificado de conformidad, manteniendo la obligación establecida en el Reglamento Técnico sobre el Etiquetado de Eficiencia Energética de consignar la etiqueta de eficiencia energética en los artefactos señalados.

No obstante, el Indecopi señaló que "esta prórroga no exime a los proveedores (productores, importadores, distribuidores y comercializadores) a incorporar la etiqueta de eficiencia energética en sus productos", cumpliendo con lo establecido en el Reglamento. Por esto, el ente regulador dijo que los proveedores de estos productos deberán cumplir lo siguiente:

- Colocar la etiqueta de eficiencia energética en los artefactos señalados.
- Consignación de la etiqueta de eficiencia energética las características establecidas en el reglamento.
- Colocar en la etiqueta información que corresponda con la realidad del producto al que se encuentra referida.

Como se sabe, la etiqueta de eficiencia energética permite a los consumidores conocer, de forma rápida, cuánta energía gastan los artefactos y tendrá las siguientes características:

- La etiqueta debe estar impresa o adherida al artefacto.
- Debe ubicarse sobre el envase, empaque, publicidad o cuerpo de los artefactos.
- Debe estar colocada en un lugar visible para el consumidor.

Asimismo, la etiqueta brinda información sobre el consumo de energía del artefacto, resaltando la letra y la barra que corresponda. Es decir, dichas letras representan un mayor o un menor ahorro de energía respectivamente. Si en la etiqueta de eficiencia energética del producto se resalta la barra con la letra A, significa que ese producto es más eficiente que el resaltado con la letra B o C.

El Indecopi indicó que la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) es la autoridad competente para velar y fiscalizar el cumplimiento de las normas en materia de Etiquetado de Eficiencia Energética. Al detectar una infracción, estará facultada para iniciar un procedimiento administrativo sancionador mediante el cual, de ser el caso, podrá imponer sanciones que van desde una amonestación hasta 700 UIT, equivalente a S/2.9 millones.

Durante el año 2018, la CCD inició 22 investigaciones preliminares, las mismas que dieron origen a 8 procedimientos sancionadores. Dichos procedimientos fueron iniciados debido a que no contaban con la etiqueta de eficiencia energética o por no cumplir con las características establecidas en el Reglamento.

Finalmente, el Indecopi recordó a los consumidores que son los principales aliados para detectar las infracciones que puedan detectarse. Por ello, exhortó a la población a comunicar cualquier acto de competencia desleal que se cometa mediante la publicidad de estos productos, llamando a los teléfonos 224-7777 desde Lima o al 0-800-4-4040 desde regiones, a fin de evaluar la posibilidad de iniciar procedimientos de oficio, cuyo resultado redundará en beneficio de la economía, de los consumidores y el mercado.