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Redacción PERÚ21

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El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual () multó a 3 bancos que entregaron tarjetas de crédito sin contar con la debida documentación que sustentara su emisión y que no fueron solicitadas por usuarios.

Las entidades financieras sancionadas mediante las resoluciones emitidas por la Comisión de Protección al Consumidor N° 1 del Indecopi fueron el BBVA Banco Continental, Interbank, y Scotiabank Perú.

En el caso de BBVA Banco Continental se le impuso 6 UIT y a Interbank 5 UIT, que en conjunto son 11 UIT, equivalente a S/43,450. Para Scotiabank Perú, la sanción solo fue una amonestación.

Como medida correctiva para revertir la conducta infractora y el perjuicio económico ocasionado a los usuarios, el Indecopi ordenó la anulación de las tarjetas emitidas por estas entidades, así como toda deuda generada a consecuencia de dicha emisión indebida.

Al respecto, el Indecopi precisó que las entidades financieras tienen la obligación de mantener los documentos suscritos por el cliente que acrediten la contratación de las tarjetas de crédito, tales como la solicitud, el contrato, y el documento que certifique la entrega del 'plástico' al usuario.

Cuando la contratación se realice vía telefónica, las entidades financieras deberán contar con el audio correspondiente en el que se identifique al usuario contratante y se demuestre que acepta las condiciones del contrato. También, deben contar con el documento que certifique la entrega de la tarjeta y la suscripción del contrato escrito al momento de recibir la tarjeta.

El Indecopi, en el marco de protección de los derechos de los consumidores de los servicios financieros y bancarios, pone en conocimiento de la ciudadanía que aquellos usuarios que se hayan visto afectados por conductas similares y cuyos reclamos no hayan sido atendidos por las entidades financieras, pueden acercarse a las oficinas de la institución a interponer la denuncia administrativa correspondiente.