Indecopi establece pautas a 'influencers' para que no caigan en difundir publicidad engañosa

Los influencers deberán advertir a sus consumidores sobre contenido patrocinado de sus publicaciones en redes sociales, avisando expresamente, si se trata de un anuncio contratado o publirreportaje.
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Indecopi fiscalizará la publicidad de los 'influencers'.
Indecopi sancionó a las cementeras en 2014. (Foto: GEC)
Indecopi fiscalizará la publicidad de los 'influencers'.
Indecopi sancionó a las cementeras en 2014. (Foto: GEC)

Mayor transparencia. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad () estableció las pautas que los 'influencers' o comunicadores deben seguir para evitar difundir publicidad engañosa a sus a sus seguidores cuando promueven productos y servicios.

De acuerdo a la Ley de Publicidad Digital instaurada por la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal de Indecopi, la publicidad difundida por 'influencers' y comunicadores está sujeta a regulación sobre competencia desleal.

Así quedó claro en la charla 'Rol del Indecopi en la Supervisión y Fiscalización de la Publicidad Digital'.

De esta forma, los 'influencers' deberán advertir a sus consumidores sobre contenido patrocinado de sus publicaciones en redes sociales, avisando expresamente, si se trata de un anuncio contratado o publirreportaje.

Si defrauda las expectativas de los consumidores, esto puede afectar la credibilidad de los 'influencers' y comunicadores. 

Según Indecopi, los 'influencers' deben verificar que la información que piensan difundir sea cierta y veraz. Además, precisó que si se trata de publicidad testimonial, la experiencia deberá ser auténtica y reciente.

Asimismo, se resaltó que las sanciones determinadas en la Ley de Represión de la Competencia Desleal serán proporcionales al individuo involucrado en la infracción.

SANCIONES

- Si la infracción es leve sin afectación real en el mercado, solo recibirá una amonestación.
- Si la infracción es leve, la multa será hasta 50 UIT debiendo ser no más del 10% de los ingresos brutos percibidos por el infractor.

- Si la infracción es grave, la sanción económica será hasta 250 UIT, el cual no puede exceder a más del 10% de los ingresos brutos percibidos por el infractor.
- Si la infracción es muy grave, la multa será hasta de 700 UIT debiendo ser no más del 10% de los ingresos brutos percibidos por el infractor.

DATO:
-Indecopi destacó el crecimiento del trabajo de marcas con 'influencers' señalando que, durante el 2018, este mercado alcanzó los US$ 4.5 mil millones en el mundo, mientras que para el cierre del 2019 se estima que sean US$ 6.5 mil millones. El 78% proviene de Instagram. Le siguen blogs, YouTube y Facebook, según un estudio de influencer MKT Hub.

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