(USI)
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Casi un mes atrás, el pasado 28 de marzo, se promulgó la ley que permite a las entidades bancarias y a las aseguradoras implementar un nuevo producto financiero: las inversas.

Entender el alcance de un nuevo producto de este tipo no siempre es fácil, ya que la reglamentación en el territorio peruano suele diferir respecto a la que se observa en otros países. Aquí podrá conocer sus alcances y beneficios.

La lógica del producto se enfoca en los individuos que poseen una vivienda, pero no tienen cuentas previsionales (dígase una pensión), o que la tienen, pero no son suficientes. En el Perú, la gran mayoría de personas se encuentran en esta situación. El mecanismo les ayudaría a darle un uso a su vivienda y generar un ingreso que les ayude a costear sus necesidades.

Lo que hace la entidad financiera es tasar el inmueble para conocer su valor, establecer un plazo de pago, un monto mensual y entregar esos recursos durante una etapa determinada, como la de jubilación del propietario.

Eduardo Morón, presidente de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg), comentó a Perú21 que, a pesar de que en otros países como España el mecanismo de la hipoteca inversa no se ha desarrollado como se quiso, en el Perú la situación no tiene que ser la misma.

“Aquí es más interesante, porque existe un vacío en el financiamiento. En los mercados internacionales, lo que hay es un sistema público de pensiones, complementado por el sector privado. Entonces, ahí el rol de la hipoteca es mucho más limitado, porque ya da cobertura al financiamiento de los gastos de los hogares”, sostuvo.

(Perú21)
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¿SOLO PARA MAYORES DE 65 AÑOS?

No. La norma en Perú no está limitada para adultos mayores y pensionistas. Después de que el Legislativo debatió la norma, se concluyó que cualquier persona en cualquier momento de su vida pueda hacer uso de la hipoteca.

Para Morón, esta parte del reglamento no tiene mucho sentido. “La lógica es que vuelvas líquido algo que no lo es y solo podrías requerir cuando no tienes un trabajo. Naturalmente, para una persona entre los 30 y 45 años no le debe ser tan difícil obtener un trabajo y subvencionar sus gastos mensuales”, precisó.

NO PUEDEN COMPRAR

Las restricciones van por el lado del inmueble. Como este es un bien que garantiza un flujo de dinero que se es entregado, si no se tiene las propiedades para que un banco o una aseguradora puedan ofrecerlo en el futuro, claramente no va a poder acoger a la herramienta.

“Si, por ejemplo, el bien no está registrado debidamente a mi nombre o está actualmente en hipoteca, habría una restricción. Tiene que ser un inmueble que sea funcional para el sistema financiero. Tiene que garantizar que, al fallecimiento del propietario, la institución pueda vender la casa. También tiene que estar libre de gravámenes y de disputas. Todo eso constituye una gran barrera”, señaló Morón.

Además, la informalidad también podría restringir la compra de la hipoteca. “La gran mayoría de viviendas se construyen de manera informal porque sus propietarios no cumplen con los debidos procedimientos, como las entregas de los planos del inmueble a la municipalidad. Esto nos limita”, dijo.

¿HEREDEROS?

Otro aspecto a conocer es que la hipoteca queda resuelta cuando el individuo fallece. Si hay una muerte temprana y no se ha terminado de pagar el valor del bien y los herederos quieren adquirirlo, la institución puede vender la propiedad al precio que ya se les abonó a sus padres. Se levanta la hipoteca y el banco revierte a favor de los herederos.

Si el fallecimiento es después del plazo pactado, los herederos también pueden comprarlo, pero a un precio más alto, probablemente al valor total. Así, esta opción es rentable para reducir riesgos de alquiler del inmueble o de disputas entre familiares.

DATOS

- Para el uso del producto, mientras mayor sea el valor del inmueble y menor la esperanza de vida del propietario, mayor será la renta mensual.

- El proyecto de ley se aprobó en primera votación por la Comisión Permanente del Congreso en febrero de 2018 con 17 votos a favor y 4 abstenciones.

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