Billetes (USI)
Billetes (USI)

Redacción PERÚ21

redaccionp21@peru21.pe

Las empresas tienen hasta el próximo 15 de diciembre para hacer efectivo el pago de la gratificación por Navidad. Sin embargo, siempre hay una que otra que no respeta este derecho laboral. 

¿Qué pasará con estas compañías? Las empresas podrán ser multadas con montos que van entre S/182 y S/91,125, según el régimen laboral y la cantidad de trabajadores afectados, informó la (CCL).

Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL, recalcó que el incumplimiento del pago constituyen una infracción grave y de no consignar en la boleta de diciembre tales pagos constituye una infracción leve,

Asimismo, indicó que en caso que la Sunafil detecte que el empleador no ha pagado la gratificación ni la bonificación extraordinaria, ni ha consignado tales montos en la boleta de diciembre tales pagos, no se impondrá doble multa, sino se aplicará la multa de mayor gravedad.

Escala de multas

Recuerde que de acuerdo al Decreto Supremo N° 015-2017-TR, las sanciones por no pagar la gratificación son diferencias y se dan en escalas dependiendo del tamaño de la empresa. 

Así, por ejemplo, para la microempresa la multa mínima será S/182
y la máxima S/1,822.50; para la pequeña empresa la multa mínima será S/364.50 y la máxima S/18,225 y para la mediana y gran empresa la multa mínima será S/931.50 y la máxima S/91,125, precisó el gremio empresarial.

Tenga en consideración que las multas para micro y pequeñas empresas inscritas en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype) no podrán superar el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la orden de inspección.

No olvide que para determinarel monto de la multa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados.

Grati escalas de multas
Grati escalas de multas