Unidad de Ingreso del Sector Público se mantiene en S/ 2,600 para el 2020

La cifra sirve como cálculo para determinar los ingresos de altos funcionarios y autoridades del Estado.
El monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público es de aplicación para el cálculo de los ingresos de los funcionarios públicos comprendidos en la Ley Servir. (Foto: GEC)

El Poder Ejecutivo fijó hoy en S/ 2,600 la Unidad de Ingreso del Sector Público (UISP) correspondiente al año 2020, la cual sirve como cálculo para determinar los ingresos de altos funcionarios y autoridades del Estado, de la misma manera en que se usa la unidad impositiva tributaria (UIT) para definir sanciones.

Mediante decreto supremo Nº 149-2019-PCM, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se señala que la medida es conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 28212, que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado.

El monto de la UISP para el año 2020 es de aplicación para el cálculo de los ingresos de los funcionarios públicos comprendidos en el artículo 52 de la Ley del Servicio Civil (Ley Servir), cuya compensación económica no se haya fijado de acuerdo con lo dispuesto en el último párrafo del referido artículo.

En los considerandos de la norma se recuerda que el artículo 52 de la Ley Servir, dispone que mediante decreto supremo se fija la compensación económica para los funcionarios públicos de elección popular, directa y universal, de designación o remoción regulada, y de libre designación y remoción.

Además, se encuentran pendientes de aprobación las compensaciones económicas de algunos funcionarios públicos comprendidos en el artículo 52 de la mencionada ley.

Por ende, mientras se apruebe la compensación económica de la totalidad de funcionarios públicos, es necesario fijar el monto de la UISP para el año 2020.

Cabe destacar que el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público que regirá desde el próximo año no ha sufrido ninguna modificación con respecto al del 2019.

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