Gobierno crea fondo para garantizar créditos a las mypes del sector textil y confección

Cabe mencionar, que la tasa de interés de los créditos garantizados no puede ser superior a la TCEA máxima obtenida en las subastas de los Programas dictados por el Gobierno durante la pandemia por la COVID-19.
El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022. (Foto: GEC)

El Gobierno, mediante el Decreto de Urgencia tiene Nº 012-2022, decide crear el Fondo de Apoyo Empresarial para el y confección (FAE-TEXCO), el cual tiene por objeto establecer medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, que promuevan el financiamiento de las del sector textil y confección.

Específicamente, este fondo busca garantizar los créditos para capital de trabajo, adquisición de activos fijos, consolidación financiera y compra de deuda, otorgados a las mypes del sector textil y confección.

Para ello, se autoriza a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (Cofide), en su calidad de fiduciario del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE), transferir a favor del FAE-TEXCO por la suma de S/ 200 millones para otorgar garantías a cartera de créditos hasta por cuatro veces de sus recursos, es decir, hasta por S/ 800 millones.

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Ahora, ¿cuáles son los criterios de elegibilidad de los beneficiarios de este fondo?

Son elegibles como beneficiarios del FAE-TEXCO, las mypes que desarrollen actividades de fabricación de productos textiles y fabricación de prendas de vestir, quienes:

No son elegibles quienes se encuentren vinculados a las empresas del sistema financiero o Coopac, así como aquellas comprendidas en el ámbito de la Ley Nº 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado Peruano en casos de corrupción y delitos conexos, así como cualquier persona o ente jurídico sometido a procesos por delitos de corrupción y conexos o cuyos representantes estén siendo investigados por dichos delitos; quedando exceptuado los créditos de las personas o entes jurídicos que hayan cumplido con el pago total de la reparación civil a que hubiera lugar y tengan la condición de habilitadas para contratar con el Estado.

Cabe mencionar, que la tasa de interés de los créditos garantizados no puede ser superior a la TCEA máxima obtenida en las subastas de los Programas dictados por el Gobierno durante la pandemia por la COVID-19.

El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.

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