Las beneficiadas serán las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes). (Foto: Andina)
Las beneficiadas serán las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes). (Foto: Andina)

El Gobierno creó el Fondo Crecer, para facilitar herramientas financieras a micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), además de compañías exportadoras.

Ya lo había anunciado el en mayo, y hoy se oficializó su conformación mediante el decreto legislativo 1399, publicado en el Diario Oficial El Peruano.

El fondo estará administrado por la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (Cofide), y operará por un plazo de 30 años.

Además, esta iniciativa consolida otros recursos estatales existentes como el Fondo Mipyme, el Fondo de Respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa, el Fondo de Garantía Empresarial, y el Fondo para el Fortalecimiento Productivo de las Mype.

Los instrumentos financieros que desarrollará e implementará el Fondo Crecer, a través de empresas autorizadas por la SBS, son los siguientes:

1. El otorgamiento de créditos para la adquisición de activo fijo y/o capital de trabajo.

2. El otorgamiento de garantías y/o coberturas en respaldo de créditos otorgados por las empresas del sistema financiero, incluso cuando dichos créditos hayan sido transferidos bajo cualquier modalidad a patrimonios autónomos.

3. El reafianzamiento de operaciones realizadas por empresas afianzadoras y de garantías, así como por otras autorizadas a realizar operaciones de afianzamiento y que son establecidas en el Reglamento.

4. El otorgamiento de créditos, garantías y/o coberturas para operaciones de factoring o descuento de instrumentos de contenido crediticio.

5. La inversión en patrimonios autónomos administrados por sociedades administradoras, cuyos certificados de participación se coloquen mediante oferta pública; así como el otorgamiento de garantías y coberturas a favor de dichos patrimonios.

Excepcionalmente, se pueden considerar otros mecanismos de colocación en el Reglamento, previa sustentación por parte de la entidad proponente.

6. Otros instrumentos financieros establecidos en el Reglamento del Fondo Crecer.

El reglamento deberá ser aprobado en un plazo no mayor a 90 días calendario, según estipuló la norma legal.