La finalidad de la norma es garantizar el acceso a los medicamentos a la población y mantener un adecuado abastecimiento de los establecimientos públicos de salud.
La finalidad de la norma es garantizar el acceso a los medicamentos a la población y mantener un adecuado abastecimiento de los establecimientos públicos de salud.

Redacción PERÚ21

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Las personas que padecen males como alergias, asma, hipertensión, úlceras, bronquitis, dolores e inflamaciones, entre otros, tendrán mayor facilidad para hallar y comprar medicinas a un precio accesible, pues desde hoy las farmacias y boticas estarán obligadas a contar con los 31 que exige el Estado.

La medida fue establecida en el reglamento del decreto de urgencia que “declara los medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como parte esencial del derecho a la salud y dispone medidas para garantizar su disponibilidad”.

Para garantizar el cumplimiento de la norma, el aplicará sobre las farmacias una fiscalización orientativa y sin fines punitivos por tres meses, contados desde hoy. Luego, desde el cuarto mes, los incumplimientos sí serán multados.

Los establecimientos que no tengan disponibles los 31 medicamentos genéricos, y sean detectados incumpliendo la norma por segunda vez, recibirán una multa de S/4,200, mientras que a partir de la tercera falta la sanción será de S/8,200.

Tenga en cuenta

-Si una farmacia está en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa, deberá tener al menos el 80% de los 31 medicamentos.

-Los laboratorios que discontinúen o reactiven la fabricación o importación de un medicamento deberán notificarlo al Minsa.

Los medicamentos genéricos que deben estar en las farmacias y algunos usos que se les da:





















Los establecimientos que no tengan disponibles los 31 medicamentos genéricos, y sean detectados incumpliendo la norma por segunda vez, recibirán una multa de S/4,200, mientras que a partir de la tercera falta la sanción será de S/8,200.

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