El Poder Ejecutivo, a través de una edición extraordinaria de las normas legales, dio a conocer una lista de actividades económicas que se reactivarán en la segunda fase tras la suspensión por la declaratoria de emergencia ante la expansión del COVID-19.
En la nómina de actividades que se reanudarán se incluye la manufactura o elaboración de bebidas hechas a base de malta y cerveza, tabaco, vinos y otras bebidas alcohólicas.
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Para la reanudación de estas actividades, las empresas deberán cumplir con el correspondiente Protocolo Sectorial elaborado por el Ministerio de Salud (Minsa)
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Además, de la reanudación de estos servicios, el Decreto Supremo también considera otras actividades relacionadas a con la Agricultura, Minería, Construcción, Comercio y servicios.
Dentro del sector de manufacturación, se ha incluido la elaboración de alimentos preparados para animales, calzado, impresión, etc.
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