El Estudio Linares Abogados recuerda que si la especulación se comete durante un estado de emergencia, declarado por el Presidente de la República, la pena privativa de libertad será no menor de cuatro ni mayor de ocho años y 365 días multa.
El Estudio Linares Abogados recuerda que si la especulación se comete durante un estado de emergencia, declarado por el Presidente de la República, la pena privativa de libertad será no menor de cuatro ni mayor de ocho años y 365 días multa.

Como si no fuera ya suficiente la angustia de tener COVID-19 y conseguir camas UCI, los pacientes y familiares también tienen que vivir con la desesperación de encontrar en esta segunda ola de la pandemia y enfrentarse día a día a inescrupulosos que han encontrado en esta necesidad un gran negocio.

Según el Indecopi solo hay dos empresas que producen este tipo de oxígeno en el país y ante una participación tan concentrada la competencia baja y, por ende, la oportunidad de tener mejores precios en el mercado.

Augusto Linares, abogado penalista del Estudio Linares Abogados, señala que esta situación está siendo aprovechada por los revendedores que están generando a todas luces la especulación de precios, conducta que es tipificada como delito.

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Pero ¿cómo castigar la especulación en una economía de libre mercado, donde la oferta y la demanda es lo que prima? En efecto, asegura que, esta es la eterna dificultad que tienen este tipo de delitos contra el orden económico donde el mercado debe regularse solo y donde, por lo general, lo que se sanciona es la conducta de los que buscan manipular o echar mano al sistema para generar alza de precios.

Asimismo, respecto a la modificación del Código Penal así como el Código de Protección y Defensa del Consumidor en cuanto al acaparamiento, la especulación y adulteración, que promulgó el Congreso, sostiene que como en cualquier artículo modificado habrá ciertos aspectos en discusión.

“El Código Penal, por ejemplo, indica que el que provoca escasez o desabastecimiento de bienes y servicios esenciales para la vida y la salud, con la finalidad de alterar los precios habituales en su beneficio y con perjuicio de los consumidores podría recibir no menos de cuatro ni más de seis años de cárcel y 365 días multa, pero el término de “habitualidad del precio” sería eventualmente cuestionado por los investigados”, explica.

En este punto el Ministerio Público podría tener dificultades y también en cuanto a establecer los límites de precio para que se califique como especulación, aunque considera que el incremento de precios de estos revendedores es tan grosera y debido a que no tienen cómo justificar una estructura de costo no debiera complicarse la sustentación de un caso de esta naturaleza.

TRABAJO ARTICULADO

Más allá de las iniciativas legislativas, el especialista precisa que se debería trabajar de manera articulada con la policía en identificar quiénes son las personas que estarían detrás de estos actos ilícitos de especulación.

“Hay todo un trabajo de inteligencia por realizar, desde que el criminal llega a estas grandes productoras de oxígeno, para llenar los balones, hasta los puntos de comercialización que usa, por lo general, redes sociales”, afirma Linares.

Previamente identificados a los presuntos autores, el Ministerio Público se hace cargo de la investigación y si se califica la conducta como especulación se lleva el caso ante el Poder Judicial, acompañado de un informe técnico del Indecopi, detalla.

Agrega que si el Poder Judicial admite el caso con una teoría sólida o indicios suficientes se hace una investigación judicial y si el juez se convence da una sentencia condenatoria.

“Si la especulación se comete durante un estado de emergencia, declarado por el Presidente de la República, la pena privativa de libertad será no menor de cuatro ni mayor de ocho años y 365 días multa”, asevera.

Finalmente, saluda el Decreto Supremo No. 002-2021, recientemente aprobado, para la creación del registro de productores y comercializadores de diseño industrial, que tiene por finalidad contar con información fiel al respecto y generar un control que asegure el abastecimiento de oxígeno.

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