El Congreso aprueba en comisión dictamen para reprogramar deudas

Sin debate. Un nuevo dictamen relacionado con facilidades para el pago de créditos fue aprobado en la Comisión de Economía en una fugaz sesión y la banca ha advertido de que la norma está mal diseñada. Otra vez, hay congresistas que se beneficiarían con la norma.
Un nuevo dictamen relacionado con facilidades para el pago de créditos fue aprobado en la Comisión de Economía en una fugaz sesión y la banca ha advertido de que la norma está mal diseñada. (Foto: Congreso)

Una fugaz sesión y mucha premura fueron suficientes para que la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso aprobara en la mañana de ayer un dictamen que plantea la sin la generación de cargos adicionales.

De acuerdo con el documento, que recoge 19 proyectos de ley, el objetivo de la norma es “prohibir generar cargos adicionales a los usuarios que tengan préstamos vigentes y otras obligaciones financieras con entidades del sistema financiero (ESF) que puedan ser originados por el no pago de las cuotas correspondientes a los meses de la declaración de o 90 días calendario posteriores a la entrada vigencia de la presente ley”.

Cambios fugaces

A diferencia del dictamen que aprobó la Comisión de Defensa del Consumidor, este excluye a las financieras, además de hacer lo mismo con las edpymes, las cajas municipales y rurales, y las cajas municipales de crédito popular (que otorgan préstamos a cambio de objetos como garantía). De esta manera, si el dictamen se aprobase, su aplicación recaería sobre la banca.

Otra precisión que se incluye es que su alcance estará limitado a las personas naturales que tengan ingresos brutos mensuales que no superen los S/10,750, mientras que en el caso de las empresas y demás organizaciones (personas jurídicas), la facturación mensual bruta no deberá ser mayor a S/129,000.

En cuanto al hecho de evitar el cobro de sobrecargos adicionales, el dictamen faculta a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) a que pida a las entidades bajo su supervisión que las reprogramaciones y el cumplimiento del pago de obligaciones de los deudores impliquen el pago de “cuotas por un monto no mayor a los intereses mensuales generados por la deuda vigente”.

Es decir, los montos a pagar por los deudores no deberán ser mayores a los intereses mensuales, salvo que estos intereses equivalgan a más del 50% de la cuota a pagar. Si este fuese el caso, el monto a pagar no podrá ser mayor a la mitad de la cuota. Este mecanismo se aplicaría durante los meses del periodo de la emergencia.

Decisiones sin debate

La aprobación del dictamen despertó preocupación en la banca peruana por la premura que mostró la Comisión de Economía al momento de discutir y votar la propuesta, en especial porque dedicó unos pocos minutos para su aprobación en un debate casi inexistente. Esto motivó el pronunciamiento de la .

El gremio del sector financiero advirtió que la discusión del dictamen debió ser más amplia para considerar apropiadamente las observaciones del sector privado y autoridades competentes, como la SBS, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP).

Asimismo, Asbanc destacó que la propuesta es poco precisa al delimitar su campo de acción sobre las personas naturales y empresas.

Al respecto el gremio precisó: “En el caso de personas naturales, el criterio es tener ingresos mensuales de hasta 2.5 UIT o S/10.750, una condición en la que se encuentra, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Hogares del INEI, más del 95% de la población económicamente activa del país. Además, la verificación de este requisito creará engorrosos procesos adicionales para los clientes y las entidades financieras”.

“El dictamen tampoco considera si las personas naturales o jurídicas, a quienes se aplicarían sus efectos, han sufrido realmente algún perjuicio económico durante la emergencia sanitaria o incluso ya han accedido a reprogramaciones”, agregó en un pronunciamiento oficial.

Perú21 pudo saber por fuentes de la banca peruana y externas a Asbanc que los puntos advertidos por esta agremiación coinciden con la reputación que el Parlamento se ha forjado a pulso dentro del sector financiero respecto a tener poco conocimiento en materia financiera y temas de carácter productivo.

Este desconocimiento, precisaron, se mostraría en la poca precisión al momento de delimitar a las personas que pueden verse beneficiadas por las normas, así como la casi omisión de la mayoría de informes y recomendaciones que ha hecho llegar el sector privado a los grupos de trabajo del Parlamento.

Si bien las ya fueron dejadas de lado, para Jorge Delgado, presidente de la Asociación de Instituciones Microfinancieras del Perú (Asomif), el caso más preocupante es el de la Comisión de Defensa del Consumidor, cuyo dictamen también fue aprobado el último sábado de junio y podría afectar al sistema financiero y perjudicar la del país.

Según Delgado, lo preocupante de este grupo de trabajo, cuyo dictamen plantea el congelamiento de deudas para bancos y financieras, es que no habrían revisado la mayor parte de recomendaciones y observaciones que la Asomif les hizo llegar, pues al momento de citarlos, los confundieron con los documentos alcanzados por la SBS y Asbanc.

Por el momento solo queda esperar a que ambos dictámenes sean debatidos en el Pleno del Congreso y que, a diferencia de lo visto en las comisiones pasadas, se observe un debate alturado y con mayor rigor técnico, por el bien de los bolsillos de todos los peruanos.

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