La excepción al protocolo se da únicamente para espacios domésticos en los que se desempeñan o una sola persona o personas que habiten juntas, sin atención al público. (Foto: GEC)
La excepción al protocolo se da únicamente para espacios domésticos en los que se desempeñan o una sola persona o personas que habiten juntas, sin atención al público. (Foto: GEC)

El Ministerio de Cultura aprobó el protocolo sanitario sectorial para llevar a cabo actividades relaciones a las artes escénicas sin público presente, a fin de prevenir los contagios por

Según Resolución Ministerial N° 233-2020-DM-MC, publicada este martes en el Diario Oficial El Peruano, las actividades permitidas serán la creación, preproducción y producción escénica, incluyendo ensayos artísticos y actividades formativas, entrenamiento artístico, talleres virtuales, lecturas dramatizadas, transmisiones en vivo y/o registros audiovisuales de la práctica escénica, entre otras actividades esenciales para la producción, distribución y consumo de las artes escénicas que se mantengan sin público.

El protocolo es de aplicación a personas de formación tanto autodidacta como académica, dedicadas a labores de producción, distribución y fomento de las artes escénicas. Este incluye a artistas, directores, escenógrafos, dramaturgos, apuntadores, profesores, productores generales, promotores u organizadores de eventos, asistentes de producción,técnicos de sonido o luces, maquilladores y representantes de artistas, gestores o administradores de espacios culturales.

La excepción al protocolo se da únicamente para espacios domésticos en los que se desempeñan o una sola persona o personas que habiten juntas, sin atención al público.

Se debe evitar el trabajo presencial de directores, diseñadores, artistas u otras personas que se encuentren en el grupo de riesgo de mayores de 65 años o tengan algunos de los factores de riesgo asociados a mayor mortalidad por COVID-19. En caso de ser necesaria su presencia, esta debe ser consensuada entre el artista o trabajador, y el personal administrativo o de gestión.

La cantidad de personas en escena deberá ser acorde al cumplimiento del distanciamiento social obligatorio, en relación con la dimensión del espacio escénico. El sector recomienda priorizar las obras unipersonales.

¿Qué espacios se podrán utilizar?

Las actividades podrán llevarse a cabo dentro de centros culturales, teatros, carpa de circo, sala de usos múltiples, auditorio, espacio dedicado al dictado de talleres o clases, u otro similar.

En el caso de organizaciones, agrupaciones y/o elencos de artes escénicas con numerosos integrantes, se podrá considerar espacios de trabajo que estén cerrados con muros perimétricos, pero sin techo, como canchas deportivas, patios, jardines cercados, parques zonales con rejas, entre otros espacios cerrados sin techo.

Las personas naturales y jurídicas propietarias de espacios en los que se realicen actividades de artes escénicas son responsables del cumplimiento de las condiciones sanitarias de sus instalaciones y equipos para la realización de ensayos, clases, talleres, grabaciones, transmisiones en vivo, entre otros; así como también del control y capacitación de su propio personal. Deberá implementar la señalética correspondiente.

Danza o circo

El desarrollo de la práctica de danza o circo requiere mayor contacto físico entre los participantes. Para estos casos, el Ministerio de cultura propone lo siguiente:

  • Los coreógrafos, directores o maestros, deberán alentar las creaciones y/o coreografías individuales.
  • En caso se requiera la participación grupal, esta deberá considerar el distanciamiento social obligatorio entre artistas, alentando coreografías grupales en las que no intervenga el contacto físico directo e indirecto (a través de algún elemento).
  • En todos los casos de producción de un espectáculo de danza o circo, el coreógrafo junto con el responsable de la producción, detallará las condiciones en que se desarrollará el espectáculo a fin de que se pueda realizar una evaluación de los riesgos derivados de dicha producción y se propongan las medidas de seguridad específicas necesarias.

Puesta en práctica

  • Cada artista o trabajador es responsable de la limpieza de sus elementos de trabajo y efectos personales. Se recomienda usar prendas protectoras (impermeables, casacas, etc.) que serán retiradas al llegar al centro de labores, para cambiarse por ropa limpia, adecuada a las tareas correspondientes.
  • En caso de utilizar sistema in-ear, cada artista deberá llevar sus propios audífonos.
  • Se recomienda a todo el personal técnico utilizar intercomunicadores de uso personal. En caso contrario los intercomunicadores deberán pasar por desinfección antes y después de su uso
  • Para el caso de artistas que no puedan usar la mascarilla debido a las actividades que desempeñan en las artes escénicas, se recomienda que el profesional de la salud, considerando las medidas de seguridad y salud en el trabajo respectivas, establezca medidas complementarias, tales como la distancia física.

Para conocer con mayor detalle el protocolo sanitario del Ministerio de Cultura puede ingresar al siguiente .

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