SBS resaltó que su gestión estará orientada a proteger a sus usuarios. (USI)
SBS resaltó que su gestión estará orientada a proteger a sus usuarios. (USI)

Redacción PERÚ21

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El Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) redujo el monto máximo de cobertura que ofrece desde S/97,604 para el periodo de junio y agosto de este año hasta S/97,552 para los meses de setiembre a noviembre, informó la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS).

Cabe mencionar que este se va ajustando trimestralmente, en función de los resultados del Índice de Precios al por Mayor (IPM), que publica el INEI, y sirve para que, en caso de que alguna institución financiera quiebre o ingrese en un proceso de liquidación, el FSD, que es el mecanismo que protege el ahorro de los usuarios financieros, tenga un límite máximo para responder por los montos de los ahorristas de la entidad en cuestión.

Para que esto pueda suceder, la institución con problemas financieros deberá estar inscrita en el FSD y haber aportado durante 24 meses a este fondo.

Asimismo, la SBS explicó que dicho monto es el mismo para cualquier miembro del Fondo. Si se presentaran cuentas mancomunadas, el monto de dichas cuentas, incluidos los intereses, se distribuirá a prorrata entre los titulares de la cuenta y los límites se aplicarán respecto de cada uno de ellos individualmente.

Agregó que el monto no cubierto por el FSD constituye los depósitos de los titulares que, durante los dos años previos a la declaración de disolución y liquidación, se hubieren desempeñado como directores o gerentes de la empresa de que se trate, y de las personas pertenecientes a los grupos económicos que tengan participación mayor al 4% en la propiedad de la empresa, siempre que hayan participado directa o indirectamente en su gestión.

De igual manera no están cubiertos los depósitos correspondientes a personas vinculadas a la empresa, sus accionistas, personal de dirección y de confianza, los depósitos de otras empresas del sistema financiero nacional o del extranjero, entre otros.

Los certificados, bonos y cualquier otro instrumento emitido al portador tampoco están asegurados por el FSD.

Sabía que

- La SBS dispuso la actualización del monto máximo de cobertura con base en las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica (Ley Nº 26702).

- El Índice de Precios al por Mayor aumentó 0.19% en agosto, acumulando en este periodo una variación negativa de -0.63%, informó el INEI.

- De igual forma, entre setiembre 2016 y agosto de este año, el Índice de Precio al por Mayor registró un crecimiento de 1.38%.

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