¡Atención! Seis consideraciones sobre el pago que se recibirá si se labora o no en el Día del Trabajo

Algunos trabajadores podrán cobrar hasta el triple de su remuneración diaria por trabajar el 1 de mayo.
El trabajador no está obligado a aceptar trabajar durante el feriado no laborable. (Foto: GEC)

El Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) recuerda que, conforme al D. Leg. 713, el 1 de mayo, , es considerado feriado nacional para trabajadores del sector público y sector privado, los que percibirán su retribución considerando seis situaciones específicas.

“El primero, y de acuerdo a la norma, la remuneración por el feriado del Día del Trabajo se percibe íntegramente y sin condición alguna, aun cuando el trabajador tenga inasistencias o tardanzas durante la semana”, afirmó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

Segundo, los trabajadores que laboren el 1 de mayo, sin descanso posterior compensatorio percibirán tres remuneraciones diarias: una por el feriado y doble por haber laborado en día feriado.

Por ejemplo, si la remuneración mensual es S/ 1,500, la remuneración diaria será de S/ 50. Si trabaja el 1 de mayo sin descanso posterior percibirá S/ 50 x 3 igual a S/ 150 por el 1 de mayo laborado.

Tercero, si existe un acuerdo entre el empleador y el trabajador para que éste labore el 1 de mayo con descanso posterior, ya no hay pago adicional por haber trabajado en día feriado, pues en este caso el trabajador tendrá un día de descanso (pagado) diferente al 1 de mayo.

Cuarto, para los que trabajan a destajo, el pago por el Día del Trabajo es igual al salario promedio diario que se calcula dividiendo entre 30 la suma total de las remuneraciones percibidas en los últimos 30 días consecutivos o no al 1 de mayo.

"Cuando el servidor no cuente con 30 días computables de trabajo, el promedio se calcula desde su fecha de ingreso", refirió.

Quinto, el trabajador no está obligado a aceptar trabajar durante el feriado no laborable ya sea con el pago adicional o con descanso compensatorio. Si la persona no trabaja, siempre tendrá derecho al pago del feriado sin laborar.

Sexto, cuando el Día del Trabajo coincide con el día de descanso semanal se le debe pagar al trabajador un día de remuneración por el citado feriado, además de la remuneración por el descanso semanal. Esta regla no es aplicable a los demás feriados, conforme al Art. 9, DS. 012-92-TR.

“Por ejemplo, para el trabajador cuyo descanso semanal es el miércoles 1° de mayo y percibe S/ 1.500 mensuales, su remuneración diaria se obtiene dividiendo S/1.500 entre 30 días, esto es, S/50 por día. "En el caso expuesto, recibirá S/50 por el feriado más S/50 por su descanso semanal”, anotó Víctor Zavala.

Relacionadas

Primera temporada de pesca tendrá un límite de captura de 2.1 millones de toneladas

Economía de EE.UU. se expande 3.2% en primer trimestre, muy por encima de expectativas

Luis Miguel Incháustegui Zevallos renunció al viceministerio de Minas

Proyección de crecimiento se mantiene para este año

Amazon cierra el primer trimestre con un crecimiento de 120% en sus utilidades

BCRP: Créditos tuvieron el mayor crecimiento del año en marzo

Sepa cuáles son los 75 países a los que puede viajar sin necesidad de una visa | FOTOS

Tipo de cambio cierra en su nivel más alto en dos meses y medio

Ten en cuenta estas recomendaciones antes de realizar una compra electrónica por los Cyber Days

China y Perú suscriben acuerdo para fortalecer integración comercial

Tags Relacionados:

Más en Economía

Minera Poderosa invierte US$17 millones en nueva línea de transmisión eléctrica

Minsait: La mayor adopción de los pagos digitales empezó hace tres años

Primer desembolso de los fondos de la AFP se realizará máximo el 14 de junio

Cronograma para pedir tu AFP: Será GRATIS y online | DESDE EL 20 DE MAYO

La SBS aprobó el procedimiento para retiro de fondos de la AFP | LINK Y TODOS LOS DETALLES

¿Cuánto vale una UIT este 2024?

Siguiente artículo