Trabajadores ya no necesitarán la constancia de cese para retirar fondos de la CTS

El MTPE emitió un decreto supremo que ordena que el otorgamiento de la constancia de cese, a cargo del empleador, ahora está sujeto al silencio administrativo positivo.
El Gobierno modificó el reglamento de la ley de la CTS con el objetivo de facilitar su retiro a los trabajadores. (Foto: GEC)

Cuando se terminaba la relación contractual con la empresa, los trabajadores usualmente debían solicitar a sus empleadores una carta que acredite el cese de trabajo para poder retirar los fondos de la

Sin embargo, esta constancia ya no será necesaria, según el Decreto Supremo Nº 005-2019-TR emitido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) que modifica el reglamento de la ley de la CTS con el objetivo de facilitar su retiro a los trabajadores.

La norma establece que el otorgamiento de constancia de cese, a cargo del empleador, ahora está sujeto a silencio administrativo positivo.

En detalle, si en un plazo máximo de 15 días hábiles después de solicitar el documento el empleador no realiza la entrega o hay demoras, se aplicará el silencio administrativo positivo.

Con esto, el trabajador podrá solicitar una constancia al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), para lo cual deberá presentar los siguientes documentos:

a) Solicitud que contiene como mínimo información respecto a la identificación del trabajador cesante, del empleador obligado, así como del banco o entidad financiera.

b) Copia simple de un documento que acredite el cese del trabajador, tales como la liquidación de beneficios o el certificado de trabajo u otros relacionados.

c) Copia simple de un documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria de compensación por tiempo de servicios del trabajador cesante.

En caso de no poder cumplir con el requisito dispuesto en el literal b), se da trámite a la solicitud de todas maneras. Aunque posteriormente se deberá verificar el cese efectivo del trabajador.

Para retirar la CTS, el usuario deberá presentar ante el banco o entidad financiera la copia de la solicitud o el formato presentado ante el MTPE. En el documento se deberá apreciar el sello oficial de recepción, sin observaciones e indicando el número de registro, fecha, hora y firma del agente receptor.

Relacionadas

El vaso de café que le costó US$250,000 a HBO en el episodio 4 de la octava temporada de Game of Thrones

Venta de ropa en mercados minoristas creció 36.8% en los últimos cinco años

BVL retrocede ante incertidumbre comercial entre Estados Unidos y China

La Ley Antielusiva aportaría hasta S/6,000 millones a la recaudación tributaria

Nokia implementará redes de banda ancha en Junín, Puno, Moquegua y Tacna

Mapfre Perú incrementó su beneficio en 33% en primer trimestre de 2019

Tipo de cambio sube en medio de tensiones comerciales entre Estados Unidos y China

Tags Relacionados:

Más en Economía

Recuperación del sector de selección de talento tomará tres años, estima Bigmond Group

Hay 2,808 entidades que retuvieron aportes de trabajadores y no lo depositaron

Retiro AFP: Solicita tu dinero HOY si tu DNI termina en 7

La conexión emocional para el éxito de las marcas

Puerto de Chancay atrae a la inversión hotelera

Cruz del Sur entrega moderna flota para transporte del personal de minera Antamina

Siguiente artículo