La CCL informó que el 15 de mayo vence el plazo para el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios.
La CCL informó que el 15 de mayo vence el plazo para el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios.

Lámara de Comercio de Lima (CCL) informó que el 15 de mayo de 2024 vence el plazo para que los empleadores depositen la Compensación por Tiempo de Servicios ().

“La CTS se otorga dos veces al año (mayo y noviembre) por parte de la empresa al trabajador con vínculo laboral con el fin de constituir un fondo para futuras contingencias tras la extinción del vínculo laboral y/o para cubrir necesidades básicas mientras se reincorpora al mercado laboral”, manifestó el gerente legal de la CCL, Álvaro Gálvez.

¿CÓMO SE CALCULA EL PAGO?

El gremio explicó que en el caso de la mediana y gran empresa el monto de la CTS varía según el tiempo laborado en el semestre. Si el trabajador ha laborado el semestre completo (noviembre 2023-abril 2024), el depósito será el 50 % del sueldo de abril 2024, más un sexto de la gratificación recibida en diciembre 2023. No obstante, si no ha laborado el semestre completo, por cada mes trabajado percibirá un sexto del sueldo más la misma fracción de la gratificación.

En el caso de la pequeña empresa, cuyos ingresos anuales no fueron superiores a 1,700 UIT. Si no está inscrita en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), todos sus trabajadores antiguos y nuevos tendrán derecho a CTS conforme a la regla general, que rige para la mediana y gran empresa.

Si el negocio está inscrita en el Remype, los trabajadores contratados hasta antes de su registro tendrán derecho a la CTS, según la regla general. En tanto, si el trabajador ha sido contratado luego de que la empresa se inscribió en el Remype, su CTS será el 50 % de lo que se obtiene en el régimen general.

Para la microempresa es aquella cuyos ingresos anuales no superen las 150 UIT. se presentan diversos casos. Primero, si no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores tendrán derecho a la CTS bajo la regla general. Si la microempresa se inscribió en el Remype, los trabajadores contratados antes de su registro tienen derecho a la compensación bajo la regla general. En tanto, si los trabajadores fueron contratados después de que la microempresa se inscribió en el Remype, estos trabajadores no tienen derecho a CTS.

Mira: ¿Cuánto vale una UIT este 2024?

DATOS PENDIENTES

Los trabajadores con menos de un mes de servicio al 30 de abril de 2024 no tienen derecho al depósito. Los días laborados se sumarán al semestre mayo-octubre 2024 y la acumulada se depositará hasta el 15 de noviembre de este año.

La Ley 31480 (25/05/2022) autorizó a los trabajadores a disponer libremente del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2023. Esta norma no ha sido prorrogada, por lo que no es posible la disponibilidad del 100%. No obstante, se ha presentado ante el Congreso de la República un nuevo proyecto de ley que busca autorizar el retiro voluntariado de hasta el 100% de los fondos acumulados, con fecha límite de retiro hasta el 31 de diciembre de 2024.

De no cumplir con el depósito de la CTS en el plazo establecido, la Superintendencia de Fiscalización Laboral (Sunafil) aplicará multas diferenciadas por considerarse una infracción grave. “Aquí se aplicará tres escalas de multas para la micro, pequeña, mediana y gran empresa las que oscilan entre los S/566 y S/134,518″, manifestó Álvaro Gálvez.

Las escalas de dichas multas fueron aprobadas por D.S.008-2020-TR (10/02/20) y varían según el tamaño de empresa y el número de trabajadores afectados. Cabe señalar que para determinarlas se toma como base la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente (S/5,150 para 2024).

Así también, las empresas están obligadas a entregar al trabajador la hoja de liquidación dentro de los cinco días de efectuado el depósito, de no hacerlo estarán incurriendo en una infracción leve cuyas multas van entre los S/231.75 y S/80,958.

En el siguiente cuadro indicamos las multas mínimas y máximas por infracciones leves y graves vinculadas a la CTS, según se trate de microempresas, pequeñas empresas y medianas y grandes empresas.

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