Por excepción, y ante la crisis sanitaria, los trabajadores pueden retirar el 100% de su CTS hasta el 31 de diciembre del presente año de manera total o parcial.
Por excepción, y ante la crisis sanitaria, los trabajadores pueden retirar el 100% de su CTS hasta el 31 de diciembre del presente año de manera total o parcial.

Como todos los años, en mayo, las empresas deben realizar el depósito de la (CTS) correspondiente al periodo noviembre 2020-abril 2021. En esta oportunidad la fecha máxima para el desembolso es el 17 del presente mes, tomando en cuenta que 15 cae sábado.

El gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Víctor Zavala, explicó que un aspecto que se debe tomar en cuenta es que para determinar a cuánto ascenderá el depósito se debe considerar el sueldo del trabajador a abril.

“Si ha trabajado todo el periodo le corresponde la mitad de un sueldo más un sexto de la gratificación que recibió en diciembre de 2020, pero si solo fue unos meses percibirá un sexto de su remuneración computable por cada mes”, detalló.

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¿Quiénes tienen derecho a este dinero? Todos los trabajadores de la pequeña, mediana y gran empresa del sector privado que laboren dentro del periodo indicado en una jornada no menor a cuatro horas diarias. También los empleados de la microempresa contratados después de que el negocio fue inscrito en el Registro de Micro y Pequeña Empresa.

Las personas que tienen menos de un mes trabajando en la empresa no tendrán derecho a este beneficio, manifestó Víctor Zavala. Tampoco los que estuvieron en suspensión perfecta todo el periodo que comprende de noviembre a abril.

“Si estuvo en suspensión perfecta, por ejemplo, tres meses, le corresponderá que se calcule la CTS por cada mes que laboró”, indicó.

RETIRO DE LA CTS

Por excepción, y ante la crisis sanitaria, los trabajadores pueden retirar el 100% de su CTS hasta el 31 de diciembre del presente año de manera total o parcial.

Asimismo, la persona que requiera su dinero puede pedir que se le realice el depósito mediante una transferencia a la cuenta bancaria que indique.

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