Conoce todo el detalle de la CTS. (Foto: GEC)
Conoce todo el detalle de la CTS. (Foto: GEC)

Aproximadamente cuatro millones de trabajadores formales del sector privado recibirán durante las primeras semanas del mes de noviembre el segundo depósito del año en su cuenta de .

La CTS es un depósito que el empleador realiza por disposición legal y tiene el objetivo de prever el riesgo que origina el cese de la relación laboral y la consecuente pérdida de tus ingresos, en pocas palabras es el ‘seguro’ con el que cuenta el empleado cuando rompe su relación con la empresa en la que ha laborado.

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¿Qué trabajadores pueden acceder a este beneficio?

La abogada laboralista Alicia Jiménez, asociada principal del estudio Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU), comenta que este beneficio le corresponde principalmente a los trabajadores bajo el régimen 728, de la actividad privada común. Estos tienen derecho a recibir la CTS, tanto en mayo como noviembre.

Luego, están los trabajadores de las pequeñas empresas, aquellas que no superen los ingresos anuales de 1,700 UIT, los cuales pueden acceder a razón de un 50% de este beneficio, siempre y cuando las pequeñas empresas estén inscritas en el Remype.

En el caso de las microempresas, que no superen las 150 UIT anuales no están obligadas a pagar la CTS a sus empleados.

Cabe mencionar, que como regla general, pueden acceder todos los trabajadores del régimen laboral privado que hayan laborado como mínimo cuatro horas diarias y que tengan como mínimo un mes completo de servicios entre los meses de mayo y octubre.

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¿Cuáles son las sanciones en caso no me paguen la CTS?

El no efectuar el pago de la CTS, así como no depositarla íntegra y oportunamente se considera como una infracción grave pasible de ser sancionada con una multa que oscila entre S/ 7,222 a S/ 120,152, dependiendo del número de trabajadores afectados.

¿Cuánto te depositarán según el tipo de empresa al que perteneces?

Mediana y gran empresa

Existen dos tipos de CTS para este grupo:

  • Los trabajadores con un semestre a más: Si el trabajador laboró de mayo a octubre de 2022, se le depositará el 50% del sueldo de octubre y un sexto de la gratificación recibida en julio del presente año.
  • Aquellos trabajadores que no hayan laborado un semestre completo, también tienen derecho la CTS pero no completa, sino a un sexto del sueldo por cada mes trabajado más un sexto de la gratificación.

Pequeña empresa

A diferencia de la anterior, los ingresos anuales no deben superar los 1,700 UIT. Estas son las características que los trabajadores deberán de tomar en cuenta.

  • Si la empresa se inscribió en Remype y el trabajador fue contratado luego de dicha inscripción, entonces podrá recibir el 50% de la CTS bajo el régimen general.
  • Por otro lado, si la empresa está registrada en el Remype y el trabajador fue contratado antes del registro de esta, entonces podrá obtener a la CTS, tal como indica la regla general.
  • Aunque la empresa no esté registrada en el Remype, los trabajadores nuevos y antiguos tendrán derecho a percibir la CTS, según la regla que dirige la mediana y gran empresa.

Microempresa

Los negocios que están en este rubro tienen como característica el no superar los ingresos anuales a 150 UIT. Sin embargo, las personas deberán de tomar en cuenta algunos casos.

  • La microempresa que no esté inscrita en el Remype, tendrá que realizar el pago de CTS a sus trabajadores bajo la regla general.
  • Los traajadores que hayan sido contratados antes del registro de la microempresa en el Remype, también deberán de recibir la CTS según la regla general.
  • En el caso de aquellos trabajadores que fueron contratados después de la inscripción de la microempresa en Remype, no podrán acceder a la CTS.

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