Te contamos todo lo que debes saber sobre el depósito de CTS (Composición)
Te contamos todo lo que debes saber sobre el depósito de CTS (Composición)

Redacción PERÚ21

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La  es un tema que acapara la discusión al menos dos veces al año, cuando se escuchan comentarios sobre ¿dónde me conviene depositar mi CTS?, ¿me corresponde?, ¿cuánto debo recibir? y muchas otras preguntas más.

A continuación te contamos todo lo que debes saber al respecto

¿Qué es la CTS? La compensación por tiempo de servicios (CTS) es un beneficio que las empresas brindan a sus trabajadores para que cuando la relación laboral con el empleado culmine, este pueda disponer de un fondo y así pueda prever los riesgos que afrontará durante el tiempo que se encuentre desempleado.

Es decir, actúa como una especie de seguro de desempleo. Tenga en cuenta que la CTS se otorga en función al tiempo que el trabajador lleva laborando en el centro de empleo.

El depósito de la CTS se realiza dos veces al año, en mayo y noviembre.

¿Cuánto me corresponde? Para calcular el monto que se depositará como CTS tienes que saber cuánto es tu sueldo neto (es decir sin descuentos). Con ese dato podrás calcular el monto que te corresponde.

La CTS se calcula de la siguiente forma: sueldo neto + 1/6 de gratificación pagada en julio, dividido entre 2.

¿Debo recibir CTS? Para recibir CTS el trabajador debe estar como mínimo un mes en la planilla de la empresa. Si el trabajador tiene menos de un mes a noviembre, no se le depositará la CTS.

No obstante, esos días se contabilizaran para el depósito de CTS de mayo.

¿Pueden retener mi CTS? Si, en caso sea despedido por causar algún perjuicio económico a la empresa y esta lo demande.

¿Cuándo puedo disponer de mi CTS? Se puede disponer de la totalidad de la CTS cuando la relación laboral con el empleador culmine pero también se puede disponer de cierto monto si es que en su cuenta hay más de 4 sueldos.

Es decir, si una persona gana S/2,000 y en cuenta de CTS hay S/10,000 (cinco sueldos), el trabajador puede disponer de S/2,000.

¿Cómo retiro el excedente? El procedimiento es el siguiente, el trabajador debe informar por escrito al empleador que quiere retirar su CTS. En esa solicitud debe señalar cuánto es el monto intangible.

Luego, el empleador tiene cinco días útiles para comunicar a la entidad financiera (banco, financiera, caja, etc.) el monto intangible.

Luego la entidad bancaria determinará el monto que puede retirarse y el trabajador podrá cobrar el dinero.

¿Dónde me conviene depositar mi CTS? Para decidir donde depositar su CTS debe tener en cuenta algunos aspectos sobre la entidad financiera: su estabilidad, la tasa de interés que le ofrece y verificar que la entidad este regulada por la SBS.

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