Desde el día de hoy, los bancos dejarán de embargar ahorros de los usuarios o sueldos de sus clientes por deudas de por hipotecas, vehículos, etc., según dictamen de la Corte Suprema.

Los retrasos no serán sancionados de esa forma incluso si se tiene una cuenta de ahorros en el mismo banco del que se prestaron.

Sin embargo, el banco sí podrá transferir cierta cantidad de aquellas cuentas que excedan el 10% de una UIT de ahorro.

De esta manera, un tercio del excedente de S/2,075 podrá ser extraído para el pago de deudas a una entidad bancaria.