La suspensión perfecta de labores es la posibilidad que tienen las empresas de dar licencia sin goce de haber a sus empleados (Foto: EFE)
La suspensión perfecta de labores es la posibilidad que tienen las empresas de dar licencia sin goce de haber a sus empleados (Foto: EFE)

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo habilitó la, en la cual las empresas podrán registrar sus solicitudes, en el marco del estado de emergencia nacional por el coronavirus (COVID-19).

Así, los empleadores que no puedan implementar la modalidad de trabajo remoto o aplicar la licencia con goce de haber, por la naturaleza de sus actividades o por el nivel de afectación económica, pueden desde este miércoles 15 optar por la suspensión perfecta de labores exponiendo los motivos que la sustentan.

En ese sentido, los solicitantes presentarán, vía remota, una declaración jurada, la cual encontrarán cuando realicen su registro en .

No obstante, las empresas pueden adoptar las medidas que resulten necesarias a fin de mantener la vigencia del vínculo laboral y la percepción de remuneraciones, privilegiando el acuerdo con los trabajadores, toda vez que no se encuentre un motivo sustentado para que opten por la suspensión perfecta.

Tenga en cuenta que, pueden encontrar el Manual de Usuario de la Plataforma Virtual de Registro de Suspensión Perfecta de Labores haciendo click .

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