Sunat: Empresas con ingresos de hasta S/21 millones podrán aplazar declaración de Impuesto a la Renta

Medida se aplicará también a personas naturales según precisa nuevo cronograma.
Sunat dispuso medidas extraordinarias para el pago del Impuesto a la Renta 2019 (Andina).

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria () dispuso que las personas y empresas que obtuvieron ingresos netos por un máximo de 5,000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir, S/21 millones anuales, también puedan aplazar por tres meses la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2019.

La medida se da en el marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria a nivel nacional ante la pandemia del Covid-19 (). La Sunat consideró que al disponerse el aislamiento social obligatorio, era necesario ampliar la medida que en principio fue otorgada a personas naturales y a las micro y pequeñas empresas (Mipyme).

Según un comunicado de Sunat, el objetivo es que las empresas y personas naturales cuenten con mayor liquidez para afrontar el impacto económico de la cuarentena dispuesta por el presidente Martín Vizcarra.

La Resolución de Superintendencia N 061-2020/SUNAT es la norma que dispone esta medida y precisa además un nuevo cronograma de vencimiento para presentar la Declaración Jurada Anual 2019, en la que deberán realizar el pago de la renta así como el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF).

Las dos prórrogas aprobadas permitirán beneficiar a cerca de 1 millón 600 mil contribuyentes, de los cuales, 550 mil son personas naturales y 1 millón 100 mil son empresas.

Esta última cifra equivale al 99.5% del total de compañías que deben declarar Impuesto a la Renta de tercera categoría, las que ahora pueden aplazar la declaración anual por tres meses para tener mayor liquidez.

Las resolución de Sunat ha sido publicada la Edición Extraordinaria de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y fue firmada por el Superintendente Nacional (e) de la Sunat, Luis Enrique Vera.

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