A la fecha se han inscrito 197 mil empresas, de las cuales el 96% corresponde a mypes, según el MEF.
A la fecha se han inscrito 197 mil empresas, de las cuales el 96% corresponde a mypes, según el MEF.

| Beneficio es hasta el martes 13 de abril se amplió el plazo para que las empresas del sector privado, que tienen en planilla a trabajadores con remuneraciones de hasta S/1,500, puedan acceder a un subsidio del 35%, informó el .



Según la titular del MEF, , se han inscrito a la fecha el 74% de las compañías aptas para este beneficio, es decir 197 mil empresas, lo que comprende un monto de subsidio de S/477 millones.

“De estas 197 mil empresas, el 96% (189 mil) son , quienes accederán a este subsidio que les permitirá financiar el pago de las remuneraciones de sus trabajadores en el momento que más lo necesitan”, precisó Alva.

¿Cómo acceder al subsidio del 35%?

  • El empleador deberá ingresar al portal para registrar el , consignando su código y , donde deberá ubicar la opción “Registro CCI Subsidio D.U. 033- 2020”.
  • Sunat procesará la de enero de 2020 para determinar los empleadores y los montos que recibirán de subsidio. Dicha información y la base de datos del CCI será enviada al MEF, para que luego el efectúe el pago del subsidio.
  • Según el Decreto de Urgencia N° 033-2020, dicho pago ocurrirá durante este mes, de manera referencial en la semana del 20 de abril.
  • Cabe precisar que el CCI debe corresponder a una cuenta válida y activa en moneda nacional, ello no corresponde a una cuenta de Compensación por Tiempo de Servicio.
  • La cuenta informada por el empleador debe pertenecer a una entidad del sistema financiero nacional que participe en el sistema de transferencias interbancarias vía la Cámara de Compensación Electrónica. Puedes ingresar a este enlace para verificar:
  • En el caso de que la empresa hubiera comunicado un CCI que no cumple con los requisitos mencionados anteriormente, el empleador tiene la opción de modificarlo hasta el 13 de abril.

RESTRICCIONES

La precisó que no acceden al subsidio los empleadores que al 31 de diciembre de 2019 que tengan deudas tributarias exigibles coactivamente mayores a 5 UIT del 2020, o que se encuentren en proceso concursal.

Asimismo, no son aptos aquellos empleadores de la Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, vigente a la fecha de publicado el mencionado decreto de urgencia.

Subsidio de 35% a planilla de trabajadores

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