Para el caso de las empresas que no registren variaciones en sus ingresos netos, las cuotas y los pagos se calcularán con las normas generales. (Foto: GEC)
Para el caso de las empresas que no registren variaciones en sus ingresos netos, las cuotas y los pagos se calcularán con las normas generales. (Foto: GEC)

El Poder Ejecutivo permitirá a personas naturales y empresas que puedan suspender o reducir significativamente el monto de los pagos por las rentas de tercera categoría del ejercicio 2020.

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Según Decreto Legislativo N° 1471, publicado en edición extraordinaria en el Diario Oficial El Peruano, el beneficio tiene carácter temporal y se aplicará sobre los pagos a cuenta a realizarse durante el periodo de estado de emergencia, es decir, en los meses de abril, mayo, junio y julio de este año.

Para aplicar esta medida, los contribuyentes deberán comparar sus ingresos netos obtenidos por tercera categoría en los periodos referidos con los obtenidos en similares meses del 2019. Si se confirma que entre ambos meses se produjo una reducción mayor al 30%, los contribuyentes podrán suspender los pagos a cuenta por impuesto a la renta.

Si las personas o empresas sustentan que sus ingresos se han reducido solo hasta 30%, los pagos seguirán siendo calculados según el procedimiento actualmente vigente (un coeficiente aplicado a los ingresos del mes). Sin embargo, estas cuotas serán rebajadas multiplicándolas por un factor de 0,5846.

Para el caso de las empresas que no registren variaciones en sus ingresos netos, las cuotas y los pagos se calcularán con las normas generales.

“Esta medida otorgará liquidez en el corto plazo, a las empresas y las personas que tienen actividades empresariales. Es una herramienta útil para hacer frente a otras necesidades u obligaciones y evitará que se adelanten pagos que los contribuyentes podrían hacer en exceso”, afirmó María Antonieta Alva, ministra de Economía y Finanzas.

La aplicación de la medida será transversal a todos los sectores económicos. Asimismo, se aplicará a todos los regímenes tributarios que realicen pagos a cuenta (Régimen general, Mype tributario, agrario, y amazonía, entre otras).

La iniciativa es parte del paquete de medidas económicas en apoyo a las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas para mitigar el impacto del estado de emergencia nacional para contener el avance del coronavirus y la paralización de actividades productivas debido a la emergencia sanitaria.