El Ministerio de Trabajo publicó la ‘Guía para la aplicación del Trabajo Remoto’, en la que se esclarecen una serie de disposiciones en favor de los trabajadores considerados como vulnerables frente a la pandemia de coronavirus (COVID-19).
- Coronavirus en Perú: EN VIVO Sigue minuto a minuto todo sobre las muertes, contagios y recuperados en el Perú
- YouTube: aquí podrás ver más de 5 mil películas gratis durante la cuarentena
Conforme a las medidas de aislamiento social obligatorio dadas por el gobierno para frenar el avance del coronavirus, el Ministerio de Trabajo publicó una serie de disposiciones que obliga a que los trabajadores considerados dentro del grupo vulnerable frente a esta enfermedad, desempeñen su trabajo de manera remota.
Como se sabe, la población considerada como vulnerable está conformada por los adultos mayores de 60 años, y las personas con enfermedades preexistentes como hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, cáncer y otras de inmunosupresión.
El periodo en el que deberán estar bajo esta condición de trabajo remoto dependerá del estado de emergencia nacional y sanitaria, decretadas por el gobierno y el Ministerio de Salud, que en opinión de Cesar Puntriano, socio del estudio Muñiz, aplicará hasta el 9 de junio, según informa Gestión.
El documento también detalla que de incumplir con la obligación de otorgar trabajo remoto a trabajadores en grupos de riesgo conllevará a una sanción de Sunafil que puede llegar a más de S/225 mil.
Puedes leer la guía completa a continuación:
DATOS
- La guía además aclara que el trabajo remoto es de aplicación para todos aquellos realizando modalidades formativas (practicantes).
- La guía ha señalado que las empresas deben capacitar a sus trabajadores con relación del uso de software o plataforma digital que deban utilizar para el desarrollo del trabajo desde casa. Asimismo, se le debe comunicar al trabajador acerca de sus obligaciones durante la jornada.