Los motorizados podrían contar con beneficios laborales.. (Foto: Alessandro Currarino | GEC)
Los motorizados podrían contar con beneficios laborales.. (Foto: Alessandro Currarino | GEC)

La del Grupo Parlamentario Somos Perú-Partido Morado, presentó el Proyecto de Ley N° 018-2021-CR, que reconoce beneficios laborales a los trabajadores que realizan el servicio de reparto, mensajería y movilidad por medio de plataformas digitales.

La norma plantea otorgarle la categoría de trabajador a todas las personas que desempeñen estas labores, para lo cual deberán cumplir la jornada laboral mínima y se encontrarán comprendidos en el régimen laboral de la actividad privada.

El proyecto establece, además, que dicha jornada no puede exceder las 48 horas semanales, y los trabajadores gozan de descansos de 30 minutos. Si la labor supera el límite se considerará como horas extra.

También incluye la celebración de un contrato entre el titular de la plataforma digital y el trabajador. El empleador deberá contar con un registro de todos sus colaboradores que realicen este servicio, al cual tendrá acceso la Sunafil y otras autoridades.

Además, obliga a la empresa a contratar un seguro para sus trabajadores, que cubra accidentes personales, invalidez temporal, total y permanente, resposabilidad civil por daños ante terceros, y muerte.

Los empleadores también deberán suplir a sus trabajadores con materiales de protección personal para cumplir con su tarea, incluyendo equipo de bioseguridad para protección ante el COVID-19.

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