llamadas
llamadas

Redacción PERÚ21

redaccionp21@peru21.pe

La Comisión de Defensa del Consumidor del aprobó por unanimidad el predictamen que modifica el artículo 58 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

¿Qué significa esto? Con la modificación se busca poner fin a las constantes llamadas telefónicas, correos electrónicos, textos, entre otras formas de comunicación que realizan los operadores y que perjudican a los usuarios.

También se establece que una modificación en el artículo 62 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, sobre los métodos abusivos de cobranza, de esta forma se prohíbe realizar visitas o llamadas telefónicas antes de las 8 a.m. y desde las 8 p.m. de lunes a viernes.

Así, como antes de las 9 a.m. y después de la 1 p.m. los días sábados, así como en cualquier horario de domingos, feriados y los decretados no laborables para el sector público y privado. 

Sobre el predictamen, la mayoría de integrantes de la comisión coincidió en defender el derecho de todo consumidor a la protección contra los métodos comerciales agresivos.