El audio de una jefa reclamando airadamente a su de nombre Telmo se convirtió en tendencia en redes sociales desde el lunes pasado. Se trata de un practicante de un estudio de abogados de Lima. Pero, al parecer, la situación es bastante común en nuestro país.

En ese sentido, es oportuno recordar que las prácticas se rigen por la ley especial No. 28518, y “se trata de una modalidad de aprendizaje”, explicó Christa Caro, líder del área laboral del estudio Amprimo, Flury, Barboza & Rodríguez Abogados.

“El objetivo primordial del practicante, que aún está cursando estudios, es llevar los conocimientos que ha adquirido en su centro de estudios y los pueda aplicar en una empresa, en una situación real de trabajo. El convenio de prácticas profesionales lo firman el estudiante, la empresa y el centro de estudios”.

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¿Qué pasa si un practicante sufre maltrato? La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) tiene competencias para fiscalizar el cumplimiento de las normas relacionadas a las modalidades formativas. Entonces, el practicante puede acudir a ellos para velar por el cumplimiento de estas obligaciones.

Si el practicante es víctima de algún tipo de maltrato verbal o físico o acoso sexual, podría también actuar judicialmente en búsqueda de una indemnización para salvaguardar sus derechos, añadió la abogada Christa Caro.

Incluso, si se da el caso, el practicante podría demandar judicialmente a la empresa por la desnaturalización de sus prácticas, y pedir que sea considerado un trabajador con todos los derechos que una relación de trabajo implica. Esto se daría, por ejemplo, en caso no se cumpla con el plan de formación, que se realicen funciones que no son propias de un practicante, o que no se haya formalizado el convenio de prácticas.

Obligaciones y derechos de los practicantes

Cabe recordar cuáles son las obligaciones y derechos de los practicantes en el Perú. Los practicantes preprofesionales, como es el caso de Telmo, están una modalidad formativa.

Dentro de los derechos de los practicantes preprofesionales está el tener una jornada de práctica no mayor a seis horas al día o 30 días a la semana, gozar de al menos un día de descanso a la semana y también en días feriados.

Otro es recibir como mínimo una compensación equivalente a una remuneración mínima vital, es decir 930 soles, si desarrollan trabajan una jornada completa. Si tiene menos horas se puede reducir la subvención. Otro de los derechos es que deben recibir un descanso físico al año debidamente subvencionado de 15 días después de 12 meses de prácticas continuas. También tener un seguro de salud, y contar con permisos para cumplir con sus horarios de estudio.

Asimismo, las empresas también tienen obligaciones, contempladas en la Ley de modalidad formativa, como darle los medios necesarios para desarrollarse laboralmente, así como cumplir con su pago mensual, otorgar el descanso debido.

No pueden cobrar ni a la universidad ni al practicante por la formación. Y deben enviar informes siempre que el centro de estudios solicite para evaluar sobre cómo se ha venido desarrollando. Además, tienen la obligación de otorgar un certificado que precise cuáles son las capacidades que el practicante ha recibido en la empresa.

Cómo debe ser la actitud de un jefe ante los practicantes

Como se escucha en el audio de Telmo, se le recriminaba por un trabajo que se le había encargado. En ese sentido, la responsabilidad legal no la tiene el practicante, según detalló la abogada Christa Caro.

“El cumplimiento de esas responsabilidades, más que depender del propio practicante, depende de quien lo supervisa. Porque el practicante actúa bajo su orden, y el jefe debe demostrar su capacidad para trabajar en equipo. Si tienes a un practicante desmotivado, difícilmente va a cumplir las metas. La eficacia de un practicante también revela el desarrollo como líder de la persona que lo supervisa”.

Si bien en los estudios de abogados se acostumbra trabajar bajo presión y urgencia, esta tensión “bajo ninguna medida justifica que se maltrate al personal. Y no solo a los practicantes, sino a otros abogados más jóvenes, o personal de apoyo. Nada justifica un abuso de autoridad”, enfatizó Caro.

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