Brecha salarial entre hombres y mujeres en el sector privado formal es de 20%

La brecha para todo tipo de ingresos entre hombres y mujeres asciende al 29 % a nivel nacional, según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
La Ley N° 30709 prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres. (Foto: GEC)

La brecha salarial, para todo tipo de ingresos, entre hombres y mujeres asciende al 29 % a nivel nacional, según el .

Por sectores, en el ámbito privado formal, la brecha se encuentra en 20 % (19.3 % por razones subjetivas o discriminación y 0.7 % por factores objetivos), mientras que en el sector público es de 16%.

El ministerio recordó que la Ley N° 30709 (promulgada en diciembre del 2017), que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres, y su Reglamento (aprobado en marzo de este año) buscan que los empleadores garanticen salarios libres de prejuicios y revaloricen el trabajo de las mujeres.

El articulado de ambos dispositivos está basado en el principio de “salario igual por un trabajo de igual valor”, impulsado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y en los lineamientos de los convenios internacionales ratificados por el Perú sobre igualdad de remuneración y no discriminación.

En tal sentido, el MTPE, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) y la OIT instaron a las empresas a valorizar adecuadamente el desempeño laboral de las mujeres, en el marco de la legislación vigente, con la finalidad de lograr la igualdad salarial y desterrar la discriminación remunerativa.

GUÍA PARA LA IGUALDAD SALARIAL 

El MTPE ha emitido la “Guía para la igualdad salarial” con el fin de facilitar el cumplimiento de la Ley N° 30709 y su Reglamento por parte de las empresas.

Según dicha legislación, las empresas deberán identificar sus puestos de trabajo, determinar si son predominantemente masculinos o femeninos, valorizarlos según criterios libres de subjetividad y patrones sociales, y compararlos para detectar discriminación e implementar soluciones.

Cada empresa deberá conformar un Comité de Igualdad Salarial, estructurar un cuadro de categorías que clasifique puestos y funciones, e implementar una política salarial y un plan de igualdad salarial u otras medidas para corregir la brecha. La fiscalización del cumplimiento de estas medidas comenzará el 1 de julio del 2019. Para las pequeñas y medianas empresas (pymes), la fiscalización se iniciará el 1 de diciembre del próximo año.

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