Bono electricidad: usuarios podrán solicitar a empresas ser beneficiarios del subsidio de S/ 160

Las compañías que brindan el servicio de energía eléctrica deberán remitir el padrón de beneficiarios hasta el 5 de cada mes.

Las compañías que brindan energía eléctrica deberán publicar en su página web la lista de beneficiarios del "Bono electricidad". (Foto: GEC)

Fecha de publicación: 31/07/2020 – 3:21

Los usuarios tendrán la oportunidad de solicitar a las compañías de distribución eléctrica, como Enel o Luz del Sur, que puedan ser incluidos en el listado de consumidores que serán beneficiados con el “Bono electricidad” de S/ 160 otorgado por el Gobierno.

La medida ha sido ratificada a través de la Resolución de Consejo Directivo OSINERGMIN Nº 096-2020-OS/CD, publicada este viernes en el Diario Oficial El Peruano, que contiene el procedimiento supervisión de la aplicación del Decreto de Urgencia N° 074-2020 que crea el referido subsidio.

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La norma refiere que las empresas deberán reportar al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) el listado de usuarios que cumplan con las condiciones para ser beneficiarios del subsidio así como el monto que se aplicará a los recibos de luz pendientes de pago.

Asimismo, la relación de clientes que accedan al bono deberá ser elaborada habiendo verificado que los usuarios cumplen las siguientes condiciones:

Después de la revisión y aprobación a cargo de Osinergmin, las compañías deberán publicar en su página web la lista de beneficiarios. Además, se deberá incluir un mecanismo de consulta que facilite el acceso a los usuarios con la introducción del código de suministro correspondiente.

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El ente regulador supervisará que se incluya la información clara que señale como mínimo el periodo de la deuda cubierta con el bono, monto aplicado, y el remanente del bono, de ser el caso.

Contarán como infracciones administrativas los siguientes supuestos:

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