El Ejecutivo aprobó modificaciones de la ley del IGV e ISC. (Foto: Andina)
El Ejecutivo aprobó modificaciones de la ley del IGV e ISC. (Foto: Andina)

El Ejecutivo modificó la ley del y el para una mejor determinación de su ámbito de aplicación.

En el marco de las facultades delegadas por el Congreso, se aprobó el decreto legislativo 1395, que también define los criterios para el crédito fiscal.

En el primer caso, se añaden a "las sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente en el país de empresas unipersonales, sociedades y entidades de cualquier naturaleza constituidas en el exterior".

Es decir, ahora las empresas offshore o transnacionales que operen en suelo peruano estarán sujetas a la aplicación de impuestos.

El objetivo es apuntar a la incorporación de negocios en Internet, que podrían funcionar, por ejemplo, a través de redes sociales como Facebook o YouTube, y otras plataformas electrónicas, como los taxis por aplicativo, afirmó José Verona, especialista tributario del Grupo Verona, a Gestión.

La norma previa no contemplaba este tema, y se podría apelar a condiciones diferentes para sus labores, explicó.

Crédito fiscal

Por otro lado, la norma establece que las compañías deberán sumar un registro independiente para las operaciones gravadas y no gravadas si desean obtener el crédito fiscal.

"(La empresa) deberá contabilizar separadamente la adquisición de bienes, servicios, contratos de construcción e importaciones destinados exclusivamente a operaciones gravadas y de exportación, de aquellas destinadas a operaciones no gravadas", detalla el texto.