Redacción PERÚ21

redaccionp21@peru21.pe

Una sentencia de la Segunda Sala Civil de la Corte de Lima dio por anulados los proyectos de exploración y explotación en el lote 116, ubicado en , y que comprometía contratos con las compañías Frontera (Pacific Energy) y Maurel et Prom.

El fallo en contra de la actividad petrolera tuvo como sustento que tales contratos fueron firmados sin que se llevara a cabo el proceso de consulta previa con las comunidades indígenas, pues este no fue hecho por el .

Si bien la consulta previa fue establecida legalmente en 2011, la agencia EFE reportó que el fallo contempla el Convenio 169 de la , que entró en vigencia en 1995 y establece, entre otros aspectos, que los gobiernos permitan a las comunidades opinar y participar en la disposición de medidas legislativas o administrativas.

Al respecto, Carlos Gálvez, ex presidente de la , explicó a Perú21 que esta sentencia implicaría una sobreinterpretación del Convenio.

“Lo que está contemplando es el respeto a la opinión de las comunidades, pero no le da la capacidad de veto respecto de un proyecto”, dijo. Además, advirtió que el fallo podría comprometer más lotes petroleros.