La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dará a conocer hoy el procedimiento que deberán seguir los afiliados que al momento de jubilarse opten por retirar hasta el 95.5% de su fondo de pensiones.
[AFP: Ejecutivo promulgó ley que permite retirar el 95.5% de los aportes a los 65 años]
TEMAS POR ACLARARSe espera que con el procedimiento de la SBS se aclaren algunos temas que quedaron en el aire o no muy bien definidos al aprobarse la ley, como lo indicaron congresistas y representantes del sistema de AFP en ediciones anteriores de Perú21. Ante ello, la Cámara de Comercio de Lima planteó unas preguntas que deberían aclararse en el documento.
De esta manera, debería definirse desde cuándo el afiliado podrá solicitar el retiro de su dinero y si este puede ser programado entre él y la AFP, considerando algún plazo máximo, en caso de que exista.
Además, se tendría que conocer si el retiro de algún monto del fondo impediría la obtención de una pensión, y si los afiliados que ya iniciaron el trámite de jubilación o ya obtienen una pensión podrán optar por el retiro de su fondo.
[SBS publicará este martes procedimiento para retirar 95.5% de fondos de AFP]
Por otro lado, deberá conocerse cuál es el procedimiento para destinar el 4.5% del fondo a Essalud, y si el asegurado y sus derechohabientes tendrán atención médica hasta el fallecimiento del asegurado.
DATOS