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CAMBIOS CUESTIONABLES

Advierten sobre "intervencionismo" del Ministerio de Justicia en el arbitraje

¿Qué significan los cambios que quiere hacer el Ministerio de Justifica en el proceso de arbitraje?

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Grupo del Minjus referido al arbitraje genera controversia
Fecha Actualización

Gremios empresariales y centros vinculados al arbitraje advirtieron la intención del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) de intervenir en el marco normativo de estos procedimientos de solución de controversias, lo cual afectaría gravemente la seguridad jurídica y las inversiones.

Según explicaron, en mayo de 2024, se creó el Grupo de Trabajo Multisectorial para la mejora y actualización de la normativa que regula este tema. No obstante, se concluyó que para resolver controversias entre privados no era conveniente modificar la norma. 

Para casos en los que el Estado peruano es parte, se consensuó y presentó una propuesta de norma especial. No obstante, y para extrañeza de todos, a través de la RM 16-2025-JUS se crea otro grupo con el similar objetivo.

"(Se crea) con una abrumadora mayoría de funcionarios de públicos Y apenas cuatro meses después de que el anterior grupo presentó sus conclusiones, que fueron resultado del trabajo serio y dedicado de profesionales y expertos", indicaron los gremios en un comunicado.

¿QUÉ SON LOS ARBITRAJES?

El presidente del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Gonzalo García-Calderón, manifestó que las empresas que se someten a este procedimiento rente a un proceso judicial, tienen varias ventajas. 

"En primer lugar, la especialización, que permite a las partes elegir árbitros expertos en la materia, incluso con especialización en el punto controvertido. Además, está la flexibilidad procesal, ya que, a diferencia del sistema judicial, las partes tienen la libertad de establecer procedimientos más ágiles, lo que contribuye a la celeridad mencionada anteriormente", precisó.

Asimismo, señaló que el arbitraje es de naturaleza privada, no pública, y en consecuencia, las partes mantienen un nivel de confidencialidad en las actuaciones arbitrales.

"El Estado tiene el arbitraje en materia de contrataciones públicas y cuenta con su propia ley, la Ley de Contrataciones y su reglamento, que abordan temas arbitrales relacionados con el sector público. Sin embargo, para los privados existe una ley distinta, el Decreto Legislativo 1071, que regula el arbitraje en el ámbito privado, y que pretende ser modificada sin contar con la participación del sector privado, el cual es el principal afectado por cualquier cambio que el poder ejecutivo intente introducir en esta norma", comentó.

En ese sentido, señaló que al intentar modificar la norma está restando la libertad contractual, que es un precepto constitucional. Los privados tienen libertad en la actuación y en el pacto, frente a lo que el Estado evidentemente tiene que limitarse a lo que la ley ordena.

 

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