El 15 de julio vence plazo para pago de gratificación:¿Cuánto debo recibir?

Álvaro García, intendente nacional de prevención y asesoría de la Sunafil, explica a Perú21, los detalles sobre este beneficio laboral.
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Las entidades financieras están obligadas a retener sin canje los billetes enteros que reciban en sus operaciones diarias en ventanilla. (Foto: GEC)
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Las entidades financieras están obligadas a retener sin canje los billetes enteros que reciban en sus operaciones diarias en ventanilla. (Foto: GEC)
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La es uno de los beneficios laborales más esperados por los trabajadores en los centros de labores, el cual se percibe dos veces al año en los meses de julio y diciembre.

Este ingreso extra lo tendrán que pagar hasta el 15 de julio, los empleadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. El monto puede ser equivalente a una o media remuneración, dependiendo del régimen laboral en el cual se encuentra el empleado y del tiempo de servicios.

Ante esto, Álvaro García, intendente nacional de prevención y asesoría de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (), explica a Perú21, los detalles sobre este beneficio laboral.

¿Qué es la gratificación?
La gratificación es un beneficio social que por su propia naturaleza busca darle al trabajador mayor liquidez y mayores ingresos en periodos del año donde se incrementan los gastos como fiestas patrias y navidad.

¿Cómo se calcula esta gratificación?
Para recibir una gratificación, el trabajador debe haber laborado como mínimo un mes en una compañía. La gratificación se calcula en función a los meses calendarios completos que haya cubierto el trabajador. Cada trabajador recibe la sexta parte de su sueldo multiplicada por el número de meses que se encuentra trabajando para una empresa.

¿Qué sucede si un trabajador ingresa a mediados de mes?
Si no se ha cubierto los 6 meses completos, se le pagará una fracción del mes. Por ejemplo si el trabajador inicia el 15 de enero al 30 de junio, tiene 5 meses más una fracción del mes de enero. En este caso al trabajador solo le pagarán el proporcional a 5 meses. Es decir, recibirá 5/6 de su remuneración.

¿El pago de las gratificación puede adelantarse?
No, la gratificación de Fiestas Patrias se tiene que pagar durante la primera quincena de julio. No se puede pagar de manera adelantada o por partes. Eso esta prohibido.

Asimismo, tampoco se puede posponer. La Sunafil recomienda a los empleadores, no pactar con sus trabajadores el pago de la gratificación, para una fecha posterior, puesto que el plazo es indisponible.

¿Qué sucede si la empresa decide no pagar este beneficio?
De acuerdo a las normas laborales, la falta de pago o el pago extemporáneo de la gratificación es una infracción grave y las multas dependerán del tipo de empresa y de cuantos trabajadores han sido perjudicados. Si es una pequeña empresa, la multa oscilará entre S/ 1,890.00 y S/ 18,900.00; y, si es mediana o grande, puede recibir una multa entre S/ 5,670.00 y S/ 94,500 .00.

¿Se paga un porcentaje distinto dependiendo del tamaño de la empresa?
Sí, en la pequeña empresa el monto de la gratificación equivale al 50% de la remuneración. En el caso de la mediana y gran empresa, está escrito en el régimen general, que es de una remuneración completa.

¿En este mes solo se recibe el pago de la gratificación?
Anteriormente, el empleado tenía que pagar el 9% de la gratificación a EsSalud. Ahora ese monto se le brinda directamente al trabajador como una bonificación extraordinaria. Además de esto, ya no se le descuenta lo correspondiente a pensiones.

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