Esta tarde, se informó que el Ministerio Público se inhibió de continuar su acusación por el delito de organización criminal en contra de Agustín Lozano, presidente de la Federación Peruana de Fútbol, en el marco del caso 'Los Galácticos', que involucra a otras autoridades de la FPF.
Según el estudio de abogados que representa a Lozano, la decisión tomada por Fiscalía deja sin efecto la imputación por dicho delito y se adecúa el tipo penal a un concurso real de delitos con la agravante genérica de pluralidad de agentes.
La vicepresidenta del Congreso considera que no amerita causal de vacancia que la mandataria no haya informado sobre su intervención.
Se refirieron, en esa línea, a la decisión de la Sala Penal de Apelaciones que dejó sin efecto la detención preliminar de Agustín Lozano, según información de RPP.
Según dicho colegiado, se determinó que la imputación no cumplía los estándares actuales que exige el tipo penal de organización criminal, establecidos en el artículo 317 del Código Penal.
“La Sala destacó que la Ley N°. 32138 no contradice la convención de Palermo. Por el contrario, su rigurosidad al exigir mayores estándares en la tipificación del delito de organización criminal refuerza el principio de legalidad”, indicaron.
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